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Martes, 30 Septiembre 2025 08:09

DELEGACION DE COMPETENCIA

2881

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AYUNTAMIENTO DE QUER


2881

Se hace público el  acuerdo del Pleno de fecha 11/09/2025 relativo a la delegación  especial del expediente 278/2025 del Ayuntamiento de Quer.

Antecedentes y fundamentos de Derecho

I.- En los expedientes de calificación urbanística para actuaciones en suelo rústico, el trámite previsto en el artículo 64.1.a) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero (TRLOTAU), ha venido realizándose mediante resolución de la Alcaldía al entenderse el órgano competente, al amparo de la atribución legal prevista en el artículo 21.1, apartados q) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), en relación con el artículo 64 TRLOTAU, el artículo 43 RSR, y con el artículo 25 Reglamento de Disciplina Urbanística del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto 34/2011 (RDU).

El artículo 64.1.a) determina que en el expediente municipal de calificación urbanística se debe incorporar entre otra documentación el “Acuerdo del órgano competente sobre la conveniencia de la calificación urbanística para los intereses generales del municipio”.

II.- La Delegación de Fomento de Guadalajara, CAL/25/12 URBANISMO  ha emitido   informe “Requerido I Red Subterránea de media tensión” en el cual se menciona que se  deberá aportarse Acuerdo de Pleno de cada uno de los Ayuntamientos afectados (Cabanillas, Quer y Valdeaveruelo) conforme a lo indicado en el Art. 64.1 del TRLOTAU, siendo también válido Acuerdo de Junta de Gobierno si la competencia está expresamente delegada

En virtud de lo expuesto, SE PROPONE LA SIGUIENTE PROPUESTA DE ACUERDO: 

Primero.- Se delega, con carácter de delegación especial relativa a un asunto determinado, la facultad de emitir el acuerdo sobre la conveniencia del otorgamiento de las calificaciones urbanísticas para los intereses generales del municipio prevista en el artículo 64.1.a) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero (TRLOTAU) en el expediente 278/2025.

Segundo.- Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la delegación contenida en el dispositivo anterior, indicarán expresamente esta circunstancia, y se considerarán dictadas por el órgano delegante. La delegación no comprende la atribución de resolver los recursos administrativos que puedan interponerse contra los actos dictados por delegación.

Tercero.- Esta resolución surtirá efectos desde el mismo de su formalización y se comunicará a la Junta de Gobierno Local para su aceptación, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, así como en la Sede Electrónica y Tablón de Anuncios municipales.

En Quer a 25 de septiembre de 2.025El Alcalde-Presidente.Fdo.: José Miguel Benítez Moreno

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