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Lunes, 29 Septiembre 2025 08:09

EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DE INDEMNIZACIONES EN CONCEPTO DE INTERESES DE DEMORA.

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


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El día 22 de septiembre de 2025, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, firma la propuesta de autorización, compromiso, reconocimiento de la obligación y pago, para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguientes fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA MOTIVADO POR LAS OBRAS “MODIFICADO Nº 1 DEL PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA)”. Clave: 03.399.001/2121:

TÉRMINO MUNICIPAL

FINCA

POL

PAR

TRILLO

EX13/01-01/29196

7

00005

TRILLO

EX13/01-01/29197

9

00025

TRILLO

EX13/01-01/29198

7

00013

TRILLO

EX13/01-01/29205

4

00273

TRILLO

EX13/01-01/29206

4

00287

TRILLO

EX13/01-01/29207

4

00555

TRILLO

EX13/01-01/29215

4

00266

TRILLO

EX13/01-01/29217

4

00254

TRILLO

EX13/01-01/29218

4

00284

TRILLO

EX13/01-01/29219

7

00011

TRILLO

EX13/01-01/29220

7

00002

TRILLO

EX13/01-01/29221

7

00065

TRILLO

EX13/01-01/29222

4

00253

TRILLO

EX13/01-01/29223

8

00857

TRILLO

EX13/01-01/29225

8

00858

TRILLO

EX13/01-01/29226

8

00859

TRILLO

EX13/01-01/29230

5

00020

TRILLO

EX13/01-01/29231

4

00291

TRILLO

EX13/01-01/29232

4

00003

TRILLO

EX13/01-01/29233

5

00014

TRILLO

EX13/01-01/29234

7

00062

TRILLO

EX13/01-01/29235

9

00012

TRILLO

EX13/01-01/29236

4

00005

TRILLO

EX13/01-01/29237

4

00012

TRILLO

EX13/01-01/29238

4

00292

TRILLO

EX13/01-01/29239

5

00013

TRILLO

EX13/01-01/29240

9

00011

TRILLO

EX13/01-01/29241

9

00031

TRILLO

EX13/01-01/29242

4

00212

TRILLO

EX13/01-01/29243

4

00004

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En Madrid a 24 de septiembre de 2025. La Secretaria General. P/S: Resolución del Presidente de la CHT de 11 de agosto de 2025. Jefe del Gabinete de Presidencia. Álvaro Agustín de Torres Suarez.

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