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Viernes, 26 Septiembre 2025 08:09

EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DE INDEMNIZACIONES EN CONCEPTO DE INTERESES DE DEMORA.

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


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El día 19 de septiembre de 2025, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, firma la propuesta de autorización, compromiso, reconocimiento de la obligación y pago, para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguientes fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA MOTIVADO POR LAS OBRAS “MODIFICADO Nº 1 DEL PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA)”. Clave: 03.399.001/2121:

TÉRMINO MUNICIPAL

FINCA

POL

PAR

TRILLO

EX13/01-01/27034

1

00018

TRILLO

EX13/01-01/27035

2

01533

TRILLO

EX13/01-01/27036

1

00019

TRILLO

EX13/01-01/27038

1

00022

TRILLO

EX13/01-01/27039

2

00272

TRILLO

EX13/01-01/27042

1

00005

TRILLO

EX13/01-01/27047

1

00021

TRILLO

EX13/01-01/27048

1

00012

TRILLO

EX13/01-01/27049

2

00544

TRILLO

EX13/01-01/27050

2

00802

TRILLO

EX13/01-01/27054

2

00546

TRILLO

EX13/01-01/27056

2

00540

TRILLO

EX13/01-01/27057

1

00027

TRILLO

EX13/01-01/27058

1

00026

TRILLO

EX13/01-01/27059

2

00414

TRILLO

EX13/01-01/27060

2

00541

TRILLO

EX13/01-01/27061

1

00013

TRILLO

EX13/01-01/27062

1

00023

TRILLO

EX13/01-01/27065

1

00025

TRILLO

EX13/01-01/27066

2

00803

TRILLO

EX13/01-01/27073

1

00008

TRILLO

EX13/01-01/27074

1

00007

TRILLO

EX13/01-01/27075

1

00006

TRILLO

EX13/01-01/28006

1

00045

TRILLO

EX13/01-01/28007

1

00329

TRILLO

EX13/01-01/28008

1

00584

TRILLO

EX13/01-01/28010

1

00145

TRILLO

EX13/01-01/28011

1

00585

TRILLO

EX13/01-01/28012

1

00586

TRILLO

EX13/01-01/28013

1

00589

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2025, La Secretaria General. P/S: Resolución Presidente 11 de agosto de 2025. Jefe del Gabinete de Presidencia. Alvaro Agustin de Torres Suarez.

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