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Viernes, 26 Septiembre 2025 08:09

EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DE INDEMNIZACIONES EN CONCEPTO DE INTERESES DE DEMORA.

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


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El día 19 de septiembre de 2025, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, firma la propuesta de autorización, compromiso, reconocimiento de la obligación y pago, para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguientes fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA MOTIVADO POR LAS OBRAS “MODIFICADO Nº 1 DEL PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA)”. Clave: 03.399.001/2121:

TÉRMINO MUNICIPAL

FINCA

POL

PAR

TRILLO

EX13/01-01/29145

4

00295

TRILLO

EX13/01-01/29146

7

00012

TRILLO

EX13/01-01/29147

4

00256

TRILLO

EX13/01-01/29148

4

00321

TRILLO

EX13/01-01/29149

4

00554

TRILLO

EX13/01-01/29150

7

00083

TRILLO

EX13/01-01/29151

9

00009

TRILLO

EX13/01-01/29152

9

00026

TRILLO

EX13/01-01/29157

5

00016

TRILLO

EX13/01-01/29158

5

00017

TRILLO

EX13/01-01/29159

4

00281

TRILLO

EX13/01-01/29160

4

00326

TRILLO

EX13/01-01/29161

4

00402

TRILLO

EX13/01-01/29162

7

00006

TRILLO

EX13/01-01/29163

4

00315

TRILLO

EX13/01-01/29164

4

00252

TRILLO

EX13/01-01/29165

4

00206

TRILLO

EX13/01-01/29166

4

00269

TRILLO

EX13/01-01/29167

4

00314

TRILLO

EX13/01-01/29168

4

00552

TRILLO

EX13/01-01/29173

4

00275

TRILLO

EX13/01-01/29176

4

00188

TRILLO

EX13/01-01/29177

5

00008

TRILLO

EX13/01-01/29182

9

00014

TRILLO

EX13/01-01/29186

6

00009

TRILLO

EX13/01-01/29190

4

00262

TRILLO

EX13/01-01/29192

4

00202

TRILLO

EX13/01-01/29193

4

00208

TRILLO

EX13/01-01/29194

4

00285

TRILLO

EX13/01-01/29195

7

00004

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2025, La Secretaria General. P/S: Resolución Presidente 11 de agosto de 2025. Jefe del Gabinete de Presidencia. Álvaro de Torres Suárez

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