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Jueves, 25 Septiembre 2025 08:09

RESOLUCIÓN DEFINITIVA DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA RECUPERACIÓN DE LAS BOTARGAS PARA EL AÑO 2025

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. ÁREA DE TURISMO


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SERVICIO DE DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y PROGRAMAS EUROPEOS, GÉNERO Y DIVERSIDAD, Y TURISMO.

ÁREA DE TURISMO

RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES Y AYUDAS PARA LA RECUPERACIÓN DE LAS BOTARGAS PARA EL AÑO 2025.

Expediente: 402/2025

En cumplimiento de lo establecido en las bases de la citada Convocatoria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la concesión de subvenciones dirigidas a Ayuntamientos y Asociaciones para la recuperación de las Botargas para el año 2025 y se procede a publicar Decreto núm. 2025-9723 de Resolución Definitiva de 20 de septiembre de 2025.

“ANTECEDENTES

Por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión celebrada el 22 de abril de 2025 se aprobaron las bases y convocatoria de subvenciones para la recuperación de las botargas para el año 2025, cuyo extracto fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 83 de fecha de 02 de mayo de 2025.

El objeto de la citada convocatoria es regular la concesión de la subvención en régimen de concurrencia competitiva, a favor de Ayuntamientos y Asociaciones de la provincia de Guadalajara, destinadas a sufragar los gastos de recuperación, mantenimiento y potenciación de las botargas.

Los beneficiarios de estas subvenciones son los Ayuntamientos y Asociaciones de la provincia de Guadalajara.

El crédito destinado a la financiación de esta convocatoria de subvenciones asciende a 25.000,00€ imputable al presupuesto de gastos del ejercicio 2025, de la Diputación provincial de Guadalajara, con el siguiente desglose por aplicaciones presupuestarias:

Aplicación 430.46204 “Ayudas para recuperación botargas (Ayuntamientos)” 12.500,00€

Aplicación 430.48907 “Ayudas para recuperación de botargas (Asociaciones)” 12.500,00€

El importe máximo de la subvención no podrá exceder del 80% de los gastos subvencionables, no pudiendo superar en su conjunto el presupuesto total consignado en la convocatoria.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en la estipulación tercera de la citada convocatoria de quince días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, se han presentado un total de 15 solicitudes, de las que 10 han sido Ayuntamientos, 5 han sido Asociaciones.

Examinadas las solicitudes y habiendo requerido a los interesados la subsanación de los defectos observados en la documentación presentada, se emitió informe de resolución provisional el pasado 06 de agosto de 2025. El 07 de agosto de 2025 se formuló propuesta de resolución provisional y el 19 de agosto de 2025 la Junta de Gobierno aprobó la misma. Dicha resolución provisional del procedimiento de concesión de subvenciones fue publicada en el BOP núm. 165 de 28 de agosto de 2025.

Una vez transcurrido el plazo de 10 días hábiles concedidos para la presentación de alegaciones, tras la publicación de esta resolución provisional en el BOP, no se han recibido alegaciones.

A la vista de los antecedentes referidos, y de conformidad con la propuesta motivada de la Diputada de Turismo, Ferias y relaciones con medios de Comunicación,

RESUELVO

PRIMERO. - Conceder definitivamente las siguientes subvenciones a los Ayuntamientos que seguidamente se relacionan, en concepto de apoyo para coadyuvar en los costes derivados de la recuperación, mantenimiento y potenciación de las botargas:

N.º EXPTE.

AYUNTAMIENTO

CIF

OBJETO

TOTAL, PUNTOS

PROPUESTA
SUBVEN.

3377/2025

Ayto. Valdepeñas de la Sierra

P1936800J

Renovación indumentaria de la Botarga

50

1.502,40 €

3546/2025

Ayto. Valdenuño Fernández

P1936700B

Renovación indumentaria de la Botarga

48

649,40 €

3555/2025

Ayto. Mohernando

P1922000C

Material promocional de la Botarga

43

1.292,07 €

3564/2025

Ayto. Fuencemillán

P1914000C

Trípticos promocionales de la Botarga

36

784,00 €

3567/2025

Ayto. Málaga del Fresno

P1919700C

Vídeo promocional de la botarga

45

1.352,16 €

3576/2025

Ayto. Romanones

P1929300J

Material promocional y restauración de trajes para la fiesta de la Botarga

37

760,00 €

3580/2025

Ayto. Robledillo de Mohernando

P1928900H

Renovación indumentaria de la Botarga

40

1.201,92 €

3424/2025

Ayto. Muduex

P1923000B

Renovación indumentaria de la Botarga

32

240,00 €

3587/2025

Ayto. Zarzuela de Jadraque

P1940400C

Renovación indumentaria de la Botarga

32

960,00 €

3595/2025

Ayto. Arbancón

P1904200A

Material divulgativo de la Botarga

53

1.592,55 €

TOTAL, subvención .............. 10.334,51 €

TOTAL, beneficiarios ……………10

SEGUNDO. - Conceder definitivamente las siguientes subvenciones a las Asociaciones que seguidamente se relacionan, en concepto de apoyo para coadyuvar en los costes derivados de la recuperación, mantenimiento y potenciación de las botargas:

N.º EXPTE.

ASOCIACIÓN

CIF

OBJETO

TOTAL, PUNTOS

PROPUESTA
SUBVEN.

3255/2025

Asoc. Cultural Sierra de Pela

G75631010

Renovación indumentaria de la Botarga

35

1.243,29 €

3538/2025

Asoc. Cultural San Ramón La Nava

G19105253

Renovación indumentaria de la Botarga

24

157,76 €

3566/2025

Asoc. Cultural Amigos de Beleña del Sorbe

G19210020

Renovación indumentaria de la Botarga

40

200,00 €

3586/2025

Asoc. de vecinos de Ribarredonda

G19037134

Renovación indumentaria de la Botarga

25

320,00 €

3590/2025

Asoc. Cultural Amigos de Villaseca de Uceda

G19305739

Material promocional y restauración elementos traje de la Botarga

35

2.392,00 €

TOTAL, subvención .............. 4.313,05 €

TOTAL, beneficiarios …………… 5

TERCERO. - Publicar los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia.

El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo hubiera dictado o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. No obstante, lo anterior, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

En Guadalajara, a 24 de septiembre de 2025. El Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez

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