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Lunes, 25 Agosto 2025 08:08

DELEGACIÓN COMPETENCIAS DEL PLENO EN ALCALDÍA

2551

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AYUNTAMIENTO DE TRILLO


2551

El pleno de Trillo en sesión extraordinaria celebrada el día 19 de agosto de 2025 adoptó el siguiente acuerdo que se hace público en base al artículo 51.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, a los efectos de su general conocimiento, dada su trascendencia.

“Delegar el ejercicio de la competencia en materia de contratación del expediente que se relaciona a continuación y la parte que se expresa, del Pleno en el Alcalde, ajustándose a lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local:

Expediente delegado:

N.º.: 962/2022: CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LA RESIDENCIA DE MAYORES “FUENTE ALEGRE” DE TRILLO

La delegación extiende sus efectos solo para las fase de ejecución del presente contrato (Interpretación o resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento, Modificación por razones de interés público, Declaración de la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato con entre otros la imposición de las penalidades según proceda incluida la prohibición de contratar o la reclamación en su caso de la indemnización por daños y perjuicios, suspensión de la ejecución del contrato o su intervención, acordar su resolución y determinar los efectos de esta) del presente contrato, y de la resolución de impugnaciones que no pongan fin al procedimiento, reservándose el Pleno la competencia de la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los actos dictados en el ejercicio de la competencia delegada.

SEGUNDO. Publicar el acuerdo de delegación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, si bien con efectos desde el día siguiente de su adopción, no afectando a los procedimientos iniciados mediante acuerdo del Pleno acordado con anterioridad a la vigencia de la delegación.

TERCERO. Tomar razón en su caso de la aceptación de la delegación manifestada por el Sr. Alcalde en este acto.

CUARTO.- Esta delegación no altera el régimen de otras delegaciones aprobadas en materia de contratación.

En trillo, a 20 de agosto de 2025. Fdo. El alcalde-presidente Jorge Peña Garcia.

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  • Municipios: Trillo
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