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Viernes, 08 Agosto 2025 08:08

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL 2025

2440

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MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS TAJO-DULCE


2440

Aprobado definitivamente el Presupuesto de la Mancomunidad de Municipios Tajo-Dulce para el ejercicio 2025 y comprensivo aquél del Presupuesto General de esta Mancomunidad, Bases de Ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE GASTOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

270.488,95 €

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

253.488,95 €

Capítulo 1. Gastos de Personal

60.854,70 €

Capítulo 2. Gastos corrientes en bienes y servicios

140.234,25 €

Capítulo 3. Gastos financieros

400,00 €

Capítulo 4. Transferencias corrientes

52.000,00 €

Capítulo 5. Fondo de contingencia

0,00 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

17.000,00 €

Capítulo 6. Inversiones reales

17.000,00 €

Capítulo 7. Transferencia de capital

0,00 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

Capítulo 8. Activos financieros

0,00 €

Capítulo 9. Pasivos financieros

0,00 €

TOTAL

270.488,95 €

 

ESTADO DE INGRESOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

270.488,95 €

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

270.488,95 €

Capítulo 1. Impuestos directos

0,00 €

Capítulo 2. Impuestos indirectos

0,00 €

Capítulo 3. Tasas, precios públicos y otros ingresos

270.488,95 €

Capítulo 4. Transferencias corrientes

0,00 €

Capítulo 5. Ingresos patrimoniales

0,00 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

0,00 €

Capítulo 6. Enajenación de inversiones reales

0,00 €

Capítulo 7. Transferencia de capital

0,00 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

Capítulo 8. Activos financieros

0,00 €

Capítulo 9. Pasivos financieros

0,00 €

TOTAL

270.488,95 €

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Torremocha Del Campo, a 05 de agosto de 2025. El Presidente, D. Roberto De Lope García

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