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Jueves, 24 Julio 2025 08:07

ENAJENACIÓN DE BIEN INMUEBLE PATRIMONIAL MEDIANTE SUBASTA PÚBLICA

2283

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AYUNTAMIENTO DE MILLANA


2283

Al amparo de lo establecido en el Art. 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace público que mediante acuerdo plenario del Ayuntamiento de Millana de fecha 18 de junio de 2025 se ha aprobado el expediente de contratación y los Pliegos que han de regir la enajenación de un bien inmueble patrimonial de naturaleza rústica mediante subasta pública, Expediente 28/2024, anunciándose la convocatoria con el siguiente extracto-resumen:

De conformidad con el Acuerdo de Pleno de fecha 18 de junio de 2025, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria de la subasta para la enajenación de bien patrimonial, conforme a los siguientes datos:

1. Descripción del bien objeto de venta:

Referencia catastral

19215A504000540000YB

Localización

Polígono 504 Parcela 54 LAS NAVAS

Clase:

RÚSTICO

Superficie:

1.190 m2

Coeficiente:

100 %

Uso:

AGRARIO

Año de Construcción:

No hay construcción

Título de adquisición

Adjudicado por Acuerdo de concentración parcelaria-masa común

2. El plazo para la presentación de ofertas será de 10 días naturales desde el día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del presente anuncio.

Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, con domicilio en C/ La Plaza 1, CP 19127, Millana (Guadalajara) los martes en horario de oficina de 10:00 a 13:30 horas. o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. La Mesa de Contratación se constituirá dentro del plazo de diez días hábiles tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 13:00 horas, al objeto de la apertura de las ofertas.

4. El pliego de condiciones particulares se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias del Ayuntamiento de Millana y en la sede electrónica del Ayuntamiento, dirección https://millana.sedelectronica.es y en el señalado perfil de contratante de la PCSP.

Este acuerdo finaliza la vía administrativa, por lo que en su contra puede interponerse recurso de reposición ante el Pleno, con carácter potestativo y previo a la vía contenciosa-administrativa, durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acto, de acuerdo con lo que preceptúan los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de. Guadalajara durante el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de esta publicación, de acuerdo con lo preceptuado por los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Lo que hace público a los efectos previstos por el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el artículo 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Entidades Locales; y el artículo 151 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

En Millana, a 22 de julio de 2025. LA ALCALDESA, Fdo: María Soledad Lope Pardo

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  • Municipios: Millana
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