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Viernes, 18 Julio 2025 08:07

PUBLICACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE CIRCULACIÓN Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS Y VÍAS PÚBLICAS

2219

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AYUNTAMIENTO DE ATIENZA


2219

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de esta entidad sobre imposición de la modificación y derogación parcial de la Ordenanza municipal reguladora de circulación y ocupación de espacios y vías públicas, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

«TEXTO MODIFICADO DE LA ORDENANZA REGULADORA DE CIRCULACIÓN Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS Y VÍAS PÚBLICAS, APROBADA EL 15 DE JULIO DE 2016

TTULO III. CIRCULACIÓN POR VÍAS Y ESPACIOS PÚBLICOS

Artículo 20. Ámbito de aplicación.

Lo que se especifica en el artículo 3 de la presente ordenanza, añadiendo, en concreto, las festividades y vías públicas siguientes:

  • Cabalgata de Reyes: Calle Barruelo, Calle Real, Plaza de España y Plaza D. Bruno Pascual Ruilopez.
  • Virgen de los Dolores: Calle Real, Plaza de España y Plaza D. Bruno Pascual Ruilopez.
  • Jueves Santo: Calle Layna Serrano, Plaza Mecenas, Calle Real, Plaza España y Plaza D. Bruno Pascual Ruilopez.
  • Viernes Santo: Plaza Don Bruno Pascual Ruilopez, Plaza España, Calle Real y Calle Cervantes.
  • La Caballada: Plaza España, Plaza D. Bruno Pascual Ruilopez, Calle Real y Calle Cervantes.
  • Fiestas Patronales: Plaza de España y Plaza D. Bruno Pascual Ruilopez, desde el lunes a las 0,00 horas hasta el domingo hasta las 23,59 horas.
  • Jornada amigos de Atienza: Plaza de España y Plaza D. Bruno Pascual Ruilopez.
  • Celebración de la festividad del Corpus Christi (domingo posterior a la fecha oficial): Calle Cervantes, Plaza de España y Plaza D. Bruno Pascual Ruilopez.
  • Durante todo el año, fines de semana, festivos y puentes: Plaza de España y Plaza D. Bruno Pascual Ruilopez.

En estas fechas no se podrá aparcar y circular por las vías públicas indicadas. Únicamente queda permitido el acceso a garajes, y carga y descarga de residentes por un tiempo máximo de veinte minutos. Así mismo, podrán acceder, por el tiempo mínimo indispensable, aquellos proveedores de abastecimiento de locales comerciales, bares y restaurantes.

El Ayuntamiento, previa comunicación, podrá prohibir la circulación y aparcamiento en las calles pertinentes del municipio para la realización de cualquier acto organizado por el mismo y por el tiempo necesario.

  • Finca aneja a plaza de toros (polígono 11, parcela n.º 4): Sábado y domingo de fiestas.

Durante estos días, no podrán transitar personas ni vehículos por la citada finca.

Así mismo, quedan derogados el Capítulo Segundo. Derechos y obligaciones de los Ciudadanos (artículos 4 y 5) y el Título II (artículos del 6 al 19), de la citada Ordenanza, ya que se encuentran regulados en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación del dominio público con terrazas y otras instalaciones análogas, desarrollada por establecimientos de restauración y hostelería, aprobada inicialmente por acuerdo de Pleno el 06 de febrero de 2025 y aprobada definitivamente, mediante publicación en el Boletín oficial de la Provincia n.º 61, de fecha 28 de marzo de 2025.»

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla- La Mancha, con sede en Albacete.

En Atienza, a 16 de julio de 2025.- El Alcalde-Presidente D. Pedro Loranca Garcés.

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