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Lunes, 13 Julio 2015 00:00

Excma. Diputacion Provincial de Guadalajara

2576

PRIMERO.- Designar a D. Jaime Celada López como Diputado Delegado de Empleo Público y Régimen Interior, así como Director del Boletín Oficial de la Provincia.

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2576

RESOLUCIÓN

Esta Presidencia tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme a los ar­tícu­los 34.2 y 35.3 de la ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Razones de oportunidad y conveniencia, en aras de una agilización y mejora de servi­cios, aconsejan delegar determinadas atribuciones en materia de empleo público y régimen interior.

Vistos los ar­tícu­los 34.2 y 35.3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y 63, 64, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

RESUELVO

PRIMERO.- Designar a D. Jaime Celada López como Diputado Delegado de Empleo Público y Régimen Interior, así como Director del Boletín Oficial de la Provincia.

SEGUNDO.- La Delegación comprende las facultades de dirección y gestión, en general, sobre la citada materia, así como la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en las siguientes materias:

1.- La declaración de situaciones administrativas, así como la jubilación de todo el personal.

2.- Permisos y licencias.

3.- Formación de los empleados.

4.- Anticipos de retribuciones reintegrables.

5.- Ayudas sociales.

6.- Indemnizaciones por razón del servi­cio.

7.- Gratificaciones o análogas.

8.- Jornada de trabajo y horario.

9.- Seguridad y salud laboral.

10.- El nombramiento y toma de posesión de funcionarios interinos, la contratación de personal laboral y el reconocimiento de servi­cios previos.

11.- Tomas de posesión en comisiones de servi­cio.

TERCERO.- La Delegación conferida requerirá para su eficacia la aceptación del Diputado Delegado, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

CUARTO.- El Diputado Delegado queda obligado a informar a esta Presidencia, a posteriori, de la gestión y disposiciones que dicte y, previamente, de las decisiones de trascendencia, en los términos previstos en el ar­tícu­lo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En lo no previsto en esta Resolución, regirán la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas normas.

Guadalajara, 6 de julio de 2015.– El Presidente, José Manuel Latre Rebled.

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