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Viernes, 04 Julio 2025 08:07

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 4/2025, EN LA MODALIDAD DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO ENTRE APLICACIONES PRESUPUESTARIAS PERTENECIENTES A DISTINTA ÁREA DE GASTO QUE NO AFECTAN A CRÉDITOSDE PERSONAL

2044

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AYUNTAMIENTO DE ALBALATE DE ZORITA


2044

Aprobado definitivamente el expediente de transferencias de créditos entre aplicaciones presupuestarias pertenecientes a distintas área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Bajas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Créditos a transferir

Créditos finales

Progr.

Econ

 

 

 

 

920

22700

Admón General. Servicio recogida de basuras

100.000

35.455

64.545

 

 

TOTAL

100.000

35.455

64.545

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Modificación de créditos

Créditos finales

Progr.

Econ.

 

 

 

 

132

623

Seguridad y Orden Público. Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje.

0,00

8.325

8.325

333

632

Instalaciones de ocupación del tiempo libre. Edificios y otras construcciones

20.807,21

6.975

27.782,21

342

633

Instalaciones deportivas. Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje.

0,00

20.155

20.155

 

 

TOTAL

20.807,21

35.455

56.262,21

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, con sede en Albalcete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Albalate de Zorita, a 1 de julio de 2025. Fdo: María Isabel Ortíz Morante, Alcaldesa Presidenta

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