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Jueves, 03 Julio 2025 08:07

EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DE INDEMNIZACIONES EN CONCEPTO DE INTERESES DE DEMORA.

2018

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


2018

El día 19 de junio de 2025, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, firma la propuesta de autorización, compromiso, reconocimiento de la obligación y pago, para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguientes fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA MOTIVADO POR LAS OBRAS “MODIFICADO Nº 1 DEL PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA)”. Clave: 03.399.001/2121:

TÉRMINO MUNICIPAL

FINCA

POL

PAR

PEÑALVER

EX13/01-01/19010

18

00543

PEÑALVER

EX13/01-01/19013

507

00033

PEÑALVER

EX13/01-01/19015

18

00536

PEÑALVER

EX13/01-01/19016

18

00538

PEÑALVER

EX13/01-01/19018

18

00549

PEÑALVER

EX13/01-01/19026

18

00533

PEÑALVER

EX13/01-01/19030

18

00499

PEÑALVER

EX13/01-01/19039

18

00496

PEÑALVER

EX13/01-01/19043

18

00519

PERALVECHE

EX13/01-01/20020

504

05018

PERALVECHE

EX13/01-01/20021

504

05019

SACEDON

EX13/01-01/21001

16

11296

SACEDON

EX13/01-01/21027

21

00656

SACEDON

EX13/01-01/21029

18

00014

SACEDON

EX13/01-01/21038

16

11264

SACEDON

EX13/01-01/21043

22

00079

SACEDON

EX13/01-01/21044

16

00568

SACEDON

EX13/01-01/21045

21

01093

SACEDON

EX13/01-01/21046

16

00564

SACEDON

EX13/01-01/21053

22

00054

SACEDON

EX13/01-01/21058

16

01283

SACEDON

EX13/01-01/21059

21

00710

SACEDON

EX13/01-01/21063

19

00007

SACEDON

EX13/01-01/21065

16

11267

SACEDON

EX13/01-01/21068

22

00047

SACEDON

EX13/01-01/21080

18

10013

SACEDON

EX13/01-01/21084

21

00699

SACEDON

EX13/01-01/21085

21

01098

SACEDON

EX13/01-01/21086

21

01088

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En Madrid, a 30 de junio de 2025. La Secretaria General. Montserrat Ana Fernández San Miguel.

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