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Jueves, 03 Julio 2025 08:07

EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DE INDEMNIZACIONES EN CONCEPTO DE INTERESES DE DEMORA.

2017

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


2017

El día 19 de junio de 2025, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, firma la propuesta de autorización, compromiso, reconocimiento de la obligación y pago, para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguientes fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA MOTIVADO POR LAS OBRAS “MODIFICADO Nº 1 DEL PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA)”. Clave: 03.399.001/2121:

TÉRMINO MUNICIPAL

FINCA

POL

PAR

TRILLO

EX13/01-01/26001

1

00111

TRILLO

EX13/01-01/26007

5

00438

TRILLO

EX13/01-01/26009

5

00428

TRILLO

EX13/01-01/26010

5

00124

TRILLO

EX13/01-01/26011

5

00130

TRILLO

EX13/01-01/26020

1

00110

TRILLO

EX13/01-01/26022

5

00132

TRILLO

EX13/01-01/26030

5

00430

TRILLO

EX13/01-01/26035

5

00115

TRILLO

EX13/01-01/26037

5

00108

TRILLO

EX13/01-01/26038

5

00036

TRILLO

EX13/01-01/26042

5

00037

TRILLO

EX13/01-01/26043

5

00046

TRILLO

EX13/01-01/26044

5

00429

TRILLO

EX13/01-01/26045

5

00026

TRILLO

EX13/01-01/26046

3

08200

TRILLO

EX13/01-01/26048

5

00113

TRILLO

EX13/01-01/26049

5

00031

TRILLO

EX13/01-01/26052

5

00116

TRILLO

EX13/01-01/26058

5

00112

TRILLO

EX13/01-01/26059

5

00034

TRILLO

EX13/01-01/27002

2

00553

TRILLO

EX13/01-01/27004

2

00550

TRILLO

EX13/01-01/27019

2

01537

TRILLO

EX13/01-01/27027

2

00569

TRILLO

EX13/01-01/27028

2

00279

TRILLO

EX13/01-01/27029

2

00282

TRILLO

EX13/01-01/27030

2

00280

TRILLO

EX13/01-01/27031

2

00557

TRILLO

EX13/01-01/27032

2

00538

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En Madrid, a 30 de junio de 2025. La Secretaria General. Montserrat Ana Fernández San Miguel.

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