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Miércoles, 02 Julio 2025 08:07

RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL MATERIAL DE APOYO AL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA 2025

1997

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. ÁREA DE TURISMO


1997

En cumplimiento de lo establecido en la base decimoquinta de la citada Convocatoria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la Resolución Provisional de la Convocatoria de subvenciones para material de apoyo al desarrollo de la actividad turística, año 2025, procediendo a publicar el Acuerdo de 24 de junio de 2025 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara

BDNS:824513

“26.- EXPEDIENTE 404/2025. RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA MATERIAL DE APOYO AL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA 2025.

El Sr. Presidente da cuenta de que visto el informe del Órgano Colegiado del presente procedimiento de concesión de subvenciones, emitido en fecha 06 de junio de 2025, tal y como consta en el acta de la reunión correspondiente y de conformidad con lo dispuesto con lo dispuesto en el art. 19 de la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 21 de febrero de 2025 y publicada en el BOP de Guadalajara, nº 71, el día 11 de abril de 2025 se eleva a la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial la siguiente.

De conformidad con el art. 58.3 y 58.4 de RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y dado el carácter estimativo de la de la distribución inicial

La Junta de Gobierno por cuatro votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:

PRIMERO. - Conforme al presupuesto disponible y el número de puntos totales obtenidos en la valoración se establece 17,43 €/punto para el cálculo del importe de las subvenciones correspondientes a los Ayuntamientos y EATIM.

El importe máximo de la subvención no podrá exceder del 80% de los gastos subvencionables.

SEGUNDO. - Proponer la concesión provisional de las subvenciones a los Ayuntamientos que seguidamente se relacionan, en concepto de apoyo para los costes derivados de la realización de material de apoyo al desarrollo de la actividad turística que se detallan, según las bases segunda y tercera de la convocatoria y teniendo en cuenta la Orden PJC/414/2025, de 30 de abril, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de abril de 2025, por el que se determina la aplicación de la ampliación de términos y plazos administrativos como consecuencia de la interrupción generalizada del suministro eléctrico acaecida el 28 de abril de 2025:

  1. En la categoría correspondiente a gastos corrientes:

CIF

AYUNTAMIENTO

OBJETO

TOTAL PUNTOS

PROPUESTA SUBVENC.

P1923600I

Ayto. El Olivar

Página web

56

975,95 €

P1916100I

Ayto. Hiendelaencina

Folletos con QR

38

662,25 €

P1916400C

Ayto. Hita

Folletos turísticos

63

1.097,94 €

P1932400C

Ayto. Tierzo

Página web

58

1.010,81 €

P1915000B

Ayto. Galve de Sorbe

Calendarios

48

836,53 €

P1914400E

Ayto. Fuentelsaz

Folletos

42

731,96 €

P1908500J

Ayto. El Casar

Trípticos

56

975,95 €

P1922300G

Ayto. Mondéjar

Cuadrípticos

39

581,77 €

P1903700A

Ayto. Anguita

Video promocional

38

662,25 €

P1939900E

Ayto. Yélamos de Abajo

QR Tour Yélamos de Abajo

59

1.028,23 €

P1902200C

Ayto. Alhóndiga

Folletos

23

400,84 €

P1923300F

Ayto. Navas de Jadraque

Trípticos con QR

37

644,82 €

P1940100I

Ayto. Yunquera de Henares

Vídeo promocional

41

714,53 €

P1934800B

Ayto. Tortuera

QR Tortuera Digital

53

923,67 €

P1932100I

Ayto. Tendilla

Trípticos

54

941,09 €

P1925300D

Ayto. Pastrana

Creación contenidos redes sociales

49

774,40 €

P1940300E

Ayto. Zaorejas

Video promocional

38

662,25 €

P1929900G

Ayto. Salmerón

QR informativo

30

147,72 €

P1937700A

Ayto. Valverde de los Arroyos

Guía turística

48

836,53 €

P1926000I

Ayto. Peralveche

QR informativo

46

801,67 €

P1904600B

Ayto. Armallones

Video promocional

35

609,97 €

P6920201H

Ayto. Marchamalo

Folletos

35

609,97 €

P1918500H

Ayto. Jadraque

Free Tour Virtual QR

62

1.080,52 €

P1919100F

Ayto. Loranca de Tajuña

Desarrollo visor fotografía 360ª

43

749,39 €

P1926500H

Ayto. Pobo de Dueñas

Folletos turísticos

39

679,68 €

P1929700A

Ayto. Sacedón

Video promocional

44

766,82 €

P1904300T

Ayto. Arbeteta

Página web

57

993,38 €

P1902800J

Ayto. Alocén

Folleto- Tríptico

23

400,84 €

P1909200F

Ayto. Castilforte

Vídeo promocional

38

662,25 €

P1904200A

Ayto. Arbancón

Folleto turístico

46

801,67 €

P1924200G

Ayto. Orea

Carteles turísticos

29

505,40 €

P1923700G

Ayto. Olmeda de Cobeta

Web turística

48

836,53 €

P1939700I

Ayto. Yebra

Dípticos

34

592,54 €

P1921800G

Ayto. Miralrío

Vídeo promocional

54

941,09 €

P1910700B

Ayto. Cobeta

Trípticos

57

993,38 €

P1910100E

Ayto. Cifuentes

Folletos turísticos

64

1.115,37 €

P1905200J

Ayto. Auñón

Web de promoción turística

50

871,38 €

P1925800C

Ayto. Peñalver

Vídeo promocional

49

853,96 €

P1906200I

Ayto. Berninches

Vídeo promocional

50

871,38 €

P1914300G

Ayto. Fuentelaencina

Folletos turísticos

57

993,38 €

P1920100C

Ayto. Maranchón

Trípticos

28

87,12 €

P1917900A

Ayto. Illana

Plataforma de reservas

68

1.185,08 €

P1914600J

Ayto. Fuentenovilla

Vídeo promocional

48

836,53 €

P1919900I

Ayto. Mandayona

Mapas turísticos

30

400,00 €

P1927600E

Ayto. Quer

Trípticos

41

714,53 €

P1906500B

Ayto. Brihuega

Folletos

69

1.202,51 €

P1916900B

Ayto. Horche

Planos

58

1.010,81 €

P1922100A

Ayto. Molina de Aragón

Folletos

64

1.115,37 €

P1933100H

Ayto. Torija

Planos

74

1.289,65 €

P1940200G

Ayto. La Yunta

Códigos QR

30

55,42 €

P1929300J

Ayto. Romanones

Trípticos

36

627,40 €

P1905100B

Ayto. Atienza

Video promocional

65

1.132,80 €

P1931000B

Ayto. Sigüenza

Actualización pág. Web

61

1.063,09 €

P1901300B

Ayto. Alcolea del Pinar

Página web

54

941,09 €

P1926300C

Ayto. Pioz

Folletos

53

923,67 €

TOTAL

2.609

43.925,13 €

  1. En la categoría correspondiente a gastos de inversión:

CIF

AYUNTAMIENTO

OBJETO

TOTAL PUNTOS

PROPUESTA SUBVENC.

P1900800B

Ayto. Albares

Sustitución placas atriles

31

410,02 €

P19019000F

Ayto. Alcocer

Sustitución placas atriles

50

193,60 €

P1914500B

Ayto. Fuentelviejo

Sustitución placas atriles

35

609,97 €

P1902700B

Ayto. Almonacid de Zorita

Sustitución placas atriles

60

1.045,66 €

P1904700J

Ayto. Armuña de Tajuña

Sustitución placas atriles

30

67,76 €

TOTAL

206

2.327,01 €

TERCERO. - Proponer la concesión provisional de la subvención a la EATIM que seguidamente se relaciona, en concepto de apoyo coadyuvar en los costes derivados de la realización de material de apoyo al desarrollo de la actividad turísticaque se detallan, según las bases segunda y tercera de la convocatoria y teniendo en cuenta la Orden PJC/414/2025, de 30 de abril, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de abril de 2025, por el que se determina la aplicación de la ampliación de términos y plazos administrativos como consecuencia de la interrupción generalizada del suministro eléctrico acaecida el 28 de abril de 2025:

CIF

ENTIDAD

OBJETO

TOTAL PUNTOS

PROPUESTA SUBVENC.

P1900046B

EATIM-Cubillejo de la Sierra

Folletos guía

54

941,09 €

TOTAL

54

941,09 €

CUARTO. - Proponer la desestimación de las solicitudes a las entidades que seguidamente se relacionan, por las motivaciones que igualmente se subrayan, de acuerdo con la correspondiente Convocatoria de subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara para Material de Apoyo al desarrollo de la Actividad Turística 2025:

CIF

ENTIDAD

OBSERVACIONES

G75631010

Asoc Cultural Sierra de Pela

No reúne condición de beneficiario (base segunda convocatoria)

P1927300B

Ayto. Puebla de Beleña

Material no subvencionable (base quinta de la convocatoria)

P1930600J

Ayto. Selas

Material no subvencionable (base quinta de la convocatoria)

P1925900A

Ayto. Peralejos de las Truchas

Material no subvencionable (base quinta de la convocatoria)

P1903800I

Ayto. Anquela del Ducado

Material no subvencionable (base quinta de la convocatoria)

P1931600I

Ayto. Tamajón

Material no subvencionable (base quinta de la convocatoria)

P1914000C

Ayto. Fuencemillán

Material no subvencionable (base quinta de la convocatoria)

P1909700E

Ayto. Centenera

Material no subvencionable (base quinta de la convocatoria)

P1925200F

Ayto. Pareja

Material no subvencionable (base quinta de la convocatoria)

P1900039G

EATIM -Tobillos

Material no subvencionable (base quinta de la convocatoria)

P1938400G

Ayto. Villanueva de Alcorón

No subsanación en plazo: falta memoria (base novena de la convocatoria)

P1902400I

Ayto. Almadrones

Solicitud fuera de Plazo (base séptima de la convocatoria)

P1921700I

Ayto. Mirabueno

Solicitud fuera de Plazo (base séptima de la convocatoria)

QUINTO. – Conceder un plazo de 10 días desde la publicación de esta resolución provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara para la reformulación de las solicitudes, de acuerdo con el art. 27 de la Ley General de Subvenciones, cuando el importe de la subvención reflejado en la propuesta de resolución sea inferior al que figura en la solicitud presentada, pudiendo en este caso el solicitante adecuar la solicitud inicialmente presentada a la cuantía propuesta en esta resolución provisional, respetando en todo momento el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como la norma que establece que el importe máximo de la subvención no podrá exceder del 80% de los gastos subvencionables.

En cualquier caso, la reformulación no modifica los criterios de valoración establecidos respecto de las solicitudes.

SEXTO. - Conceder un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones, tras la publicación de esta resolución provisional en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la cláusula decimosegunda de la convocatoria de subvenciones. Transcurrido dicho plazo y examinadas las alegaciones aducidas por los interesados, en su caso, la Junta de Gobierno formulará la propuesta de resolución definitiva. En el supuesto de que no se produjeran alegaciones o no se estimaran las mismas, será el Presidente el que aprobará dicha resolución, al tener delegada esta competencia.

SÉPTIMO. - Publicar los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia”.

Guadalajara, a 2 de Julio de 2025. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez

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