AYUNTAMIENTO DE ALARILLA
1983
Por Acuerdo del Pleno de fecha 26 de mayo de 2025, se aprobó la constitución de la Comisión Local de Pastos de este Municipio, lo que se publica para el general conocimiento.
«Visto que con fecha 19 de mayo de 2025, la Alcaldía de este Ayuntamiento inició expediente para la constitución de la Comisión Local de Pastos de este Municipio por ser obligatoria su constitución en todos los Municipios de Castilla-La Mancha/haber finalizado el mandato de la anterior Comisión.
Visto que con fecha 19 de mayo de 2025 se solicitó a las organizaciones agrarias COAG, UPA, ASAJA-APAG, Asociación de Agricultores y Ganaderos de Alarilla que emitieran propuesta para el nombramiento de los Vocales de la Comisión Local de Pastos.
Visto que con fecha 26 de mayo de 2025, se recibieron las propuestas de las organizaciones agrarias en relación con el nombramiento de los Vocales.
Visto el Informe de Secretaría de fecha 19 de mayo de 2025 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras, el Pleno adopta por mayoría absoluta el siguiente ACUERDO:
PRIMERO. Proceder a la constitución de la Comisión Local de Pastos de este Municipio por ser obligatoria su constitución en todos los Municipios de Castilla-La Mancha.
SEGUNDO. El Presidente de la Comisión Local de Pastos será el Alcalde ejercerá de Secretario de la misma el funcionario del Ayuntamiento de Alarilla
TERCERO. Nombrar a los siguientes miembros Vocales de la Comisión, de acuerdo con las propuestas formuladas por ASAJA-APAG y la Asociación de Agricultores y Ganaderos de Alarilla:
- Vocales en representación de los agricultores:
- D. Javier Hernández Antón
- Dña. Noelia Abad Calvo.
- D. Francisco Javier Abad López.
- Vocales en representación de ganaderos:
- GANADOS MILLANA TCEA.
- D. Arturo Carlos Lorenzo Blanco, concejal.
- D. Julio Antón Abad, concejal.
CUARTO. Notificar a los interesados su nombramiento como Vocales de la Comisión Local de Pastos.
QUINTO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el presente Acuerdo.»
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Alarilla, a 20 de junio de 2025. El Alcalde-Presidente, D. Alberto Yáñez Pérez.