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Viernes, 27 Junio 2025 08:06

EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DE INDEMNIZACIONES EN CONCEPTO DE JUSTIPRECIO FIJADO POR EL JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE GUADALAJARA.

1953

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


1953

El día 19 de junio de 2025, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, remite al Tesoro la documentación bancaria para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de justiprecio fijado por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Guadalajara, a los titulares de bienes y derechos de las siguiente fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA derivado del PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA). FASE LÍNEA ELÉCTRICA. Clave: 03.399.0001/2111:

Término Municial

Finca

Polígono

Parcela

TRILLO

EX15/04-00/0514

102

00023

TRILLO

EX15/04-00/0531

102

00058

TRILLO

EX15/04-00/0534

102

00064

TRILLO

EX15/04-00/0550

106

00004

TRILLO

EX15/04-00/0553

106

00017

TRILLO

EX15/04-00/0557

108

00126

TRILLO

EX15/04-00/0561

110

00361

TRILLO

EX15/04-00/0564

110

00364

TRILLO

EX15/04-00/0577

110

00681

TRILLO

EX15/04-00/0584

110

00746

TRILLO

EX15/04-00/0633

110

00385

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954.

En Madrid, a 23 de junio de 2025. La Secretaria General. Montserrat Ana Fernández San Miguel.

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