AYUNTAMIENTO DE ALBALATE DE ZORITA
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Debido a errores no materiales o de hecho existentes en las bases aprobadas con fecha 23 de mayo de 2025 del Proceso de selección de cinco peones de usos múltiples elaboradas por este Ayuntamiento al amparo de la Orden 220/2024, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo y se efectúa la convocatoria para 2024 (DOCM nº3 de07/01/2025).según la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 109.2 La Alcaldía-Presidencia en el ejercicio de las funciones conferidas por el artículo 21 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, 7/1985 de 2 de abril. Resuelve;
Primero: Modificar las citadas bases en los siguientes puntos:
“Primero. Objeto”, donde dice: “El objeto de las presentes Bases es regular la convocatoria para la contratación de UN trabajadores/as como GUIA DE TURISMO, en ALBALATE DE ZORITA, de 6 meses de duración, al amparo de la siguiente normativa:
- Orden 220/2024, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo y se efectúa la convocatoria para 2024 (DOCM nº3 de07/01/2025).
- Circular 1/2023, de la Viceconsejería del Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral, por la que se determina la actuación de las Oficinas de Empleo en relación al Art. 25.3º. de la Orden 176/2023, de 17 de octubre de 2023.
- Las presentes BASES.”
Debe decir: “El objeto de las presentes Bases es regular la convocatoria para la contratación de CINCO trabajadores/as como PEONES DE USOS MÚLTIPLES, en ALBALATE DE ZORITA, de 6 meses de duración, al amparo de la siguiente normativa:
- Orden 220/2024, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo y se efectúa la convocatoria para 2024 (DOCM nº3 de07/01/2025).
- Circular 1/2025, de la Viceconsejería del Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral, por la que se determina la actuación de las Oficinas de Empleo en relación al Art. 25.3º. de la 220/2024, de 27 de diciembre.
- Las presentes BASES.”
“Tercero. Requisitos exigidos a los candidatos”, donde dice: “No obstante, las priorizaciones establecidas en los apartados anteriores, podrán participar otras personas demandantes de empleo y servicios en situación laboral de no ocupadas, registradas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha el día anterior al inicio de la relación laboral, siempre que no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en los apartados anteriores.2
Debe decir: “Conforme al artículo 16.5 del Orden 220/2024 de la Consejería de Empresa y Empleo de la Junta de comunidades de Castilla la Mancha podrán participar otras personas demandantes de empleo y servicios en situación laboral de no ocupadas, registradas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha el día anterior al inicio de la relación laboral, que se encuentren incluidas en alguno de los colectivos relacionados en el artículo 50.1 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, siempre que no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en los apartados anteriores.”
Base 5ª.- Selección de los participantes, donde dice: “13º.- Conforme dispone el Art. 26 de la Orden 176/2023, de 17 de octubre.”
Debe decir: “13º.- Conforme dispone el Art. 26 de la Orden 220/2024, de 27 de diciembre.”
Segundo: Mantener el plazo de presentación de solicitudes inicial hasta el 13 de junio de 2025 inclusive. Asimismo, todas las solicitudes presentadas entre el día 2 de junio de 2025 y el día de la publicación de las bases de la convocatoria corregidas en el Boletín Oficial de la Provincia, se entienden presentadas, no siendo necesario volver a presentar la solicitud y documentación requerida en estas Bases.
Tercero: Publicar el actual decreto en el tablón de anuncios y B.O.P.
En Albalate de Zorita, 3 de febrero de 2025 Fdo.: la Alcaldesa Presidenta en funciones Dña. María Isabel Ortiz Morante.