AYUNTAMIENTO DE FUENTELENCINA
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Habiéndose aprobado definitivamente el presupuesto general del ejercicio 2025 al no haberse presentado alegaciones contra el acuerdo de aprobación inicial adoptado en sesión de 5 marzo de 2025 y publicado en el Bop num. 47 de 10 de marzo de 2025 se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ESTADO DE GASTOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
644620 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
526980 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
169900 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
298710 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
1750 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
56620 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
117640 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
€ |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
117640 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
11000 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
11000 € |
TOTAL: |
655620 € |
ESTADO DE INGRESOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
655620 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
552520 € |
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
195620 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
15000 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
187850 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
125000 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
32050 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
103100 € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
103100 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
665620 € |
CATEGORÍA-GRUPO |
PUESTOS DE TRABAJO |
Funcionario |
Secretario Interventor |
Funcionario |
Administrativo |
Personal Laboral |
Alguacil Peón servicios múltiples |
Personal laboral |
Auxiliar Bibliotecaria |
Personal Laboral |
Limpiadora |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Fuentelencina a 10 de abril de 2025. El Alcalde Presidente. Santos López Tabernero