AYUNTAMIENTO DE MILMARCOS
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 20 de diciembre de 2024 de de ampliación de créditos del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Modificaciones de Crédito |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
312 |
13000 |
Personal, sad |
26.500,00 |
2.117,50 |
28.617,50 |
920 |
210.00 |
Infraestructuras y B naturales |
25.000,00 |
15.000,00 |
40.000,00 |
920 | 22799 | Trabajos realizados por otras empresas | 30.000,00 | 20.000,00 | 50.000,00 |
|
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TOTAL |
|
37.117,50 |
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Presupuesto de Ingresos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
Importe/€ |
87 |
Aplicación remanente liquido de tesorería |
37.117,50 |
|
total |
37.117,50 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, conforme al artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Milmarcos a 26 de marzo de 2025 El Alcalde fdo: Fernando Marchán Moreno