AYUNTAMIENTO DE VALDEGRUDAS
444
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2025 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo y la plantilla de personal para su general conocimiento, a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Presupuesto de gastos | 2025 | |
Capítulo | Denominación | Importe |
1 | Personal | 33.586,82 € |
2 | Corrientes en bienes y servicios | 113.184,60 € |
3 | Financieros | 528,90 € |
4 | Transferencias corrientes | -00 € |
5 | Fondo de Contingencia | 5.289,00 € |
6 | Inversiones reales | 111.860,68 € |
7 | Transferencias de capital | |
8 | Activos financieros | |
9 | Pasivos financieros | |
total | 264.450,00 € | |
Presupuesto de ingresos | 2025 | |
Capítulo | Denominación | Importe |
1 | Impuestos directos | 46.014,30 € |
2 | Impuestos indirectos | 21.156,00 € |
3 | Tasas, precios públicos y otros | 156.283,30 € |
4 | Transferencias corrientes | 28.560,60 € |
5 | Ingresos patrimoniales | 12.435,80 € |
6 | Enajenación de inversiones reales | |
7 | Transferencias de capital | -00 € |
8 | Activos financieros | |
9 | Pasivos financieros | |
total | 264.450,00 € | |
Plantilla de personal | ||
DENOMINACIÓN | Nº de PLAZAS | |
1. PERSONAL FUNCIONARIO | ||
1.1 Secretario-Interventor (Grupo A.1, CD 30) | 1 | |
2. PLANES DE EMPLEO | ||
2.1 Operario Servicios Múltiples-Peón | 1 | |
(según convocatoria de subvenciones) | ||
Total | 2 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Valdegrudas, a 13 de febrero de 2025. El Alcalde-Presidente. Fdo. Gregorio Santamaría Sánchez.