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Jueves, 23 Enero 2025 08:01

APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO MUNICIPAL

177

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AYUNTAMIENTO DE ARGECILLA


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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto municipal del ejercicio 2024 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento

ESTADO DE GASTOS

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal

35816,84 €

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

102057,64 €

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros

950,00 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

284,00 €

CAPÍTULO 5: Fondo de contingencia y otros imprevistos

0,00 €

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales

22489,53 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

 

 

TOTAL:

161598,01 €

ESTADO DE INGRESOS

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos

46331,13 €

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos

19410,56 €

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

38178,34 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

27094,63 €

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales

5583,35 €

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales

0,00 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

25000,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

 

 

TOTAL:

161598,01 €

PLANTILLA DE PERSONAL

FUNCIONARIOS

Secretaría-Intervención

Subgrupo A1

Nivel: 26

Plazas: Una

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Argecilla, 20 de enero de 2025.- La alcaldesa, Sandra Alcalde Almazán.

Información adicional

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