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Miércoles, 22 Enero 2025 08:01

APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO MUNICIPAL

172

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AYUNTAMIENTO DE LEDANCA


172

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto municipal del ejercicio 2024 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento

ESTADO DE GASTOS

 

 

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal

40047,78 €

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

96003,96 €

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros

950,00 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

767,12 €

CAPÍTULO 5: Fondo de Contingencia y otros imprevistos

0,00 €

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales

78084,13 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

5836,09 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

 

 

TOTAL:

221689,08 €

 

 

ESTADO DE INGRESOS

 

 

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos

78313,56 €

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos

26025,75 €

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

46768,25 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

32501,14 €

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales

4080.38 €

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales

0,00 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

34000,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

 

 

TOTAL:

221689,08 €

PLANTILLA DE PERSONAL

FUNCIONARIOS

Secretaría-Intervención

Subgrupo A1

Nivel: 26

Plazas: Una

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Ledanca, 20 de enero de 2025.- El alcalde, Rubén Viejo Toledano.

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