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Viernes, 17 Enero 2025 08:01

APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO GENERAL 2025

144

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AYUNTAMIENTO DE VILLARES DE JADRAQUE


144

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto municipal del ejercicio 2025 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1.

ESTADO DE GASTOS

 

 

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

116.616,54

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

81.616,54

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal

30.900

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

46.766,54

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros

350

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

3.600

 

 

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

35.000

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales

35.000

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

0,00 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

TOTAL:

116.616,54

ESTADO DE INGRESOS

 

 

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

116.616,54

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

91616,54

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos

19.070

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos

1.500

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

15.200

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

31.746,54

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales

24.100

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

25.000

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales

0,00 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

25000 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

TOTAL:

116.616,54

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Villares de Jadraque, a 15 de enero de 2025. El Alcalde, Juan Fidel Paredes González.

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