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Jueves, 09 Enero 2025 08:01

APROBACION DEFINITIVA PRESUPUESTO 2025

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AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO


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De conformidad con los artículos 112.3 de la ley 7/85, de 2 de abril, 127 del Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes de Régimen Local y 169.1 del Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales 2/2004, según acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 3 de diciembre de 2024, se aprobó inicialmente el Presupuesto General de esta Entidad para el ejercicio 2025, sus Bases de Ejecución y Anexo de Personal.

Dicho acuerdo se ha expuesto al público en el Boletín Oficial de la Provincia nº 235 de 10 de diciembre de 2024 y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Marchamalo, sin que contra el mismo se hayan formulado reclamaciones, por lo que se entiende elevado a definitivo.

El RESUMEN POR CAPÍTULOS del presupuesto es el siguiente:

 

PRESUPUESTO INGRESOS

 

CAPÍTULO

DENOMINACION

EUROS

IMPUESTOS DIRECTOS. 

4.086.000,00

2. 

IMPUESTOS INDIRECTOS. 

447.186,00

3. 

TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS. 

3.306.311,00

4. 

TRANSFERENCIA CORRIENTES. 

3.033.759,00

5. 

INGRESOS PATRIMONIALES. 

12.000,00

6. 

ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES. 

479.000,00

7. 

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 

930.000,00

8. 

ACTIVOS FINANCIEROS. 

36.000,00

9. 

PASIVOS FINANCIEROS. 

0

  

TOTAL INGRESOS 

12.330.256,00

 

PRESUPUESTO GASTOS 

 CAPÍTULO

DENOMINACION

EUROS

1

GASTOS DE PERSONAL. 

3.928.935,00

2

GASTOS EN BIENES Y SERVICIOS

6.258.501,00

3

GASTOS FINANCIEROS

15.000,00

4

TRANSFERENCIA CORRIENTES. 

693.820,00

5

FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPRESVISTOS 

50.000,00

6

INVERSIONES REALES. 

1.348.000,00

7

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 

 

8

ACTIVOS FINANCIEROS. 

36.000,00

9

PASIVOS FINANCIEROS. 

0

 

TOTAL INGRESOS 

12.330.256,00

 

ANEXO DE PERSONAL

PLAZA

 

NÚM.

 

GRUPO

 

VACANTES

 

SITUACIÓN

A EXT.

 

OBSER.

 

PROP.

EXCED.

INTER.

OTROS.

PERSONAL FUNCIONARIO

Habilitación Nacional

Secretario Interventor

1

A1

 

1

 

 

 

 

 

Vicesecretario Interventor

1

A1

 

1

 

 

 

 

 

Oficial Mayor

1

A1

1

 

 

 

1

 

Comisión de servicio

Administración General

Técnico de Gestión de Recursos Humanos y Contabilidad.

1

A2

1

 

 

1

 

 

 

Técnico de Innovación y Tecnología.

1

A1

1

 

 

1

 

 

 

Técnico de Administración General

1

A1

1

 

 

1

 

 

 

Administrativo de Urbanismo

1

C1

 

1

 

 

 

 

 

Auxiliar Administrativo

7

C2

2

5

 

2

 

 

 

Ordenanza

3

--

 

3

 

 

 

 

 

Administración Especial. Subescala Servicios Especiales. Policía.

Oficial

1

C1

 

1

 

 

 

 

 

Policía Local

9

C1

2

7

 

 

1

 

 Comisión de servicio

Total personal funcionario

     27

 

PERSONAL EVENTUAL

Confianza Alcaldía.

1

--

 

1

 

 

 

 

 

Total personal eventual

      1

 

PERSONAL LABORAL

PLAZA

NUM.

GRUPO

VACANTES

SITUACIÓN

A EXT.

OBSERVACIONES

PROP.

EXCED.

INTER.

OTROS

Arquitecto

1

A1

 

1

 

 

 

 

 

Ingeniero

1

A1

1

 

 

 

 

 

 

Coordinador Servicios Sociales

1

A2

 

1

 

 

 

 

 

Técnico de Inserción

1

A2

 

 

 

 

1

 

 

Monitor programa mayores

1

A2

 

1

 

 

 

 

 

Educador Social

1

A2

 

1

 

 

 

 

 

Bibliotecario

1

C1

 

1

 

1

 

 

 

Encargado club de lectura

1

C2

 

 

 

1

 

 

 

Conserje Colegio

2

E

 

2

 

 

 

 

 

Encargado obras (general)

1

C2

 

1

 

 

 

 

 

Oficial de servicios múltiples

5

C2

 

5

 

 

 

 

 

Ayudante de servicios múltiples

16

C2

1

15

 

 

 

 

 

Coordinador Deportivo

1

A2

 

1

 

 

 

 

 

Coordinador de Fútbol

1

C1

 

1

 

 

 

 

 

Monitores deportivos

5

C2

1

4

 

1

 

 

 

Total personal laboral

    39

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Marchamalo, a 7 de enero de 2025. Firmado por el Alcalde-Presidente Rafael Esteban Santamaría

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