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Lunes, 30 Diciembre 2024 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA EXP. 62/2024 SUPLEMENTO DE CRÉDITO

4219

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AYUNTAMIENTO DE PEÑALÉN


4219

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo al Remanente Líquido de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de Crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

160

22699

Alcantarillado

0,00

1.200,00

1.200,00

172

619

Tratamientos selvícolas

39.990,05

3.944,01

43.934,06

338

226.99

Fiestas Patronales – Gastos diversos

20.500,00

2.220,00

22.720,00

231

131

Ayuda a domicilio – Personal temporal

15.000,00

2.500,00

17.500,00

231

625

Pacto violencia de género - inversiones

1512,91

349,60

1815,00

920

120

Administración General - funcionario

22.000,00

500,00

22.500,00

920

221.00

Administración General – suministro eléctrico

3.000,00

2.000,00

5.000,00

920

633

Administración General – Edificios

3.000,00

2.000,00

5.000,00

932

227.99

Tributos -

1.450,00

700,00

2.150,00

 

 

TOTAL

 

15.413,61

 

Esta modificación se financia con cargo al Remanente Líquido de Tesoría, en los siguientes términos:

Suplemento en Concepto de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

8

7

0

Remanente de Tesorería

15.413,61€

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

15.413,61€

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Peñalen, a 26 de diciembre de 2024. El Alcalde, Javier Cascajero Marco

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