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Lunes, 23 Diciembre 2024 08:12

APROBACION DEFINITIVA SUPLEMENTO DE CREDITO

4117

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AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO


4117

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto  Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento  de  Marchamalo, de fecha 19 de noviembre de 2024 por el que se acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 5/2024 en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al Remanente de Tesorería, dado que no se han formulado alegaciones durante el plazo de exposición al público tras su publicación en el BOP nº 223 del día 21 de noviembre de 2024, con el siguiente resumen por artículos:

Modificaciones Presupuesto de Gastos

APLICACIÓN

DENOMINACION

C.DEFINITIVO

SUPLEMENTO

1320 22699

OTROS GASTOS DIVERSOS POLICIA LOCAL

45.000,00 €

11.000,00 €

1350 22699

OTROS GASTOS DIVERSOS PPCC

3.499,86 €

1.000,00 €

1532 21001

MATERIALES PARA OBRAS

19.000,00 €

3.000,00 €

1630 21002

SERVICIO DE LIMPIEZA CANINA

25.400,00 €

7.200,00 €

1710 22111

SUM REPUESTOS MAQU Y UTILLAJE PARQUES Y JARDINES

7.500,00 €

2.000,00 €

3110 22799

PROGRAMAS SALUD PUBLICA

41.110,00 €

6.000,00 €

3380 22609

ACTIVIDADES LUDICO RECREATIVAS

405.790,00 €

80.000,00 €

3400 22699

OTROS GASTOS DIVERSOS DEPORTES

1.200,00 €

2.000,00 €

9200 21400

REPARACIÓN MANTENIMIENTO VEHICULOS

20.000,00 €

5.000,00 €

9200 22003

DERECHOS USOS INFORMATICOS

20.000,00 €

2.000,00 €

9200 22103

COMBUSTIBLES Y CARBURANTES

20.000,00 €

5.000,00 €

9200 22605

COMISIONES BANCARIAS

4.000,00 €

4.000,00 €

 

TOTAL SUPLEMENTO

 

128.200,00 €

       

Modificaciones Presupuesto de Ingresos

Aplicación

N.º

Descripción

Euros

Económica

 

 

 

Cap. Art. Concepto

 

 

 

870.00

1

Remanente tesorería gastos generales

128.200,00 €

 

 

TOTAL INGRESOS

128.200,00 €

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de  julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Marchamalo a 18 de diciembre de 2024. El Alcalde. Rafael Esteban Santamaria..

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