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Martes, 10 Diciembre 2024 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO 2024

3942

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AYUNTAMIENTO DE CASPUEÑAS


3942

Aprobado definitivamente el Presupuesto Municipal del Ayuntamiento para el ejercicio 2024 y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE GASTOS

A)

OPERACIONES NO FINANCIERAS

202.901,08 €

A.1

OPERACIONES CORRIENTES

117.036,79 €

1

Gastos del Personal

59.297,38 €

2

Gastos corrientes en bienes y servicios

56.660,93 €

3

Gastos financieros

0,00 €

4

Transferencias corrientes

1.078,48 €

5

Fondo de contingencia

0,00 €

A.2

OPERACIONES DE CAPITAL

85.864,29 €

6

Inversiones reales

85.864,29 €

7

Transferencias de capital

0,00 €

B)

OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

8

Activos financieros

0,00 €

9

Pasivos financieros

0,00 €

 

TOTAL GASTOS

202.901,08 €

ESTADO DE INGRESOS

A)

OPERACIONES NO FINANCIERAS

202.901,08 €

A.1

OPERACIONES CORRIENTES

130.422,49 €

1

Impuestos directos

66.510,15 €

2

Impuestos indirectos

3.000,00 €

3

Tasas, precios públicos y otros ingresos

11.841,99 €

4

Transferencias corrientes

33.834,56 €

5

Ingresos patrimoniales

15.235,79 €

A.2

OPERACIONES DE CAPITAL

72.478,59 €

6

Enajenación de inversiones reales

0,00 €

7

Transferencia de capital

72.478,59 €

B)

OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

8

Activos financieros

0,00 €

9

Pasivos financieros

0,00 €

 

TOTAL INGRESOS

202.901,08 €

PLANTILLA DE PERSONAL

CATEGORÍA-GRUPO

PUESTOS DE TRABAJO

Funcionario Interino

Secretaría-Intervención

Personal Laboral Fijo

Peón

Personal Laboral Temporal

Jardinero

TOTAL

 

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Firmado por el Teniente de Alcaldía, con motivo de la baja del Alcalde-Presidente, y en cumplimiento del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, cuyo tenor literal señala que: “Los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde”.

En Caspueñas, a 5 de diciembre de 2024. El Teniente de Alcalde, D. Fernando Núñez Canellada

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