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Lunes, 25 Noviembre 2024 08:11

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 9/2024

3742

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AYUNTAMIENTO DE VALDEARENAS


3742

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de Crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con cargo al Remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en Aplicaciones de Gastos (crédito extraordinario)

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Crédito extraordinario

Créditos finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

163

131

Laboral Temporal

0,00

2251,66

2251,66

338

22601

Atenciones protocolarias y representativas

0,00

72,00

72,00

920

22699

Otros gastos diversos

0,00

2852,69

2852,69

 

 

TOTAL

0,00

5176,35

5176,35

Altas en Aplicaciones de Gastos (Suplemento de crédito)

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Crédito extraordinario

Créditos finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

161

761

A Diputaciones

4000,00

4000,00

8000,00

338

22699

Otros gastos diversos

4000,00

1381,42

5381,42

912

23100

Locomoción

3900,00

754,66

4654,66

920

13000

Retribuciones básicas

12000,00

992,25

12992,25

920

16000

Seguridad social

9500,00

162,62

9662,62

920

22199

Otros suministros

477,19

118,22

595,41

920

224

Primas de Seguros

4000,00

3102,07

7102,07

920

22708

Servicios de recaudación a favor de la entidad

1800,00

5505,22

7305,22

 

 

TOTAL

39677,19

16016,46

55693,65

Esta modificación se financia con cargo a Remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:

Altas en Conceptos de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

8

87

870

Remanente de Tesorería

21192,81

 

 

 

TOTAL INGRESOS

21192,81

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Valdearenas, a 20 de noviembre de 2024. El Alcalde-Presidente, D. Tomás D. Gómez Esteban

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