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Jueves, 31 Octubre 2024 08:10

MODIFICACION DE CRÉDITOS Nº 16/2024 DEL PRESUPUESTO EN VIGOR

3402

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AYUNTAMIENTO DE JADRAQUE


3402

SUMARIO

Acuerdo del Pleno de fecha 02/10/2024, de la entidad de Jadraque, por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 16/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distintas áreas de gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal. 

TEXTO

Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Transferencias en Aplicaciones de Gastos 

APLICACION APLICACION Descripción Créditos iniciales Transferencia de crédito Créditos finales
Progr. Econ.        
231 131000 Asistencia social primaria. Retribuciones Personal Laboral Temporal.  160651,71 -65029,84 95621,87
920 22604 Administración General. Gastos Jurídicos, contenciosos.  4000,00 22638,42 26638,42
340 60900 Administración General de Deportes. Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados a uso general 0,00 6068,15 6068,15
171 60900 Parques y jardines. Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso general.  0,00 16722,21 16722,21
150 76100 Administración General de vivienda y urbanismo. Transferencia de capital a Diputaciones, Consejos o Cabildos 0,00 10006,21 10006,21
337 22799 Instalaciones de ocupación de tiempo libre. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.  14450,95 9390,70 23841,65
920 636   0,00 144,15 144,15
    TOTAL 179102,66 0,00 179102,66

2. º FINANCIACIÓN

Esta modificación del Presupuesto Municipal no altera la cuantía total del mismo, se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras partidas presupuestarias con diferente vinculación jurídica

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Toledo, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Jadraque, a 29 de octubre de 2024. Fdo.: El Alcalde. D. Héctor Gregroio Esteban. 

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