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Lunes, 07 Octubre 2024 08:10

EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DE INDEMNIZACIONES EN CONCEPTO DE INTERESES DE DEMORA

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


3109

El día 24 de septiembre de 2024, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, firma la propuesta de autorización, compromiso, reconocimiento de la obligación y pago, para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguientes fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA MOTIVADO POR LAS OBRAS “MODIFICADO Nº 1 DEL PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA)”. Clave: 03.399.001/2121:

TÉRMINO MUNICIPAL

FINCA

POL

PAR

MANTIEL

EX13/01-01/16022

3

01244

MANTIEL

EX13/01-01/16023

2

00370

MANTIEL

EX13/01-01/16028

2

01784

MANTIEL

EX13/01-01/16029

2

01785

MANTIEL

EX13/01-01/16030

3

00263

MANTIEL

EX13/01-01/16031

3

00271

MANTIEL

EX13/01-01/16040

2

01249

MANTIEL

EX13/01-01/16041

3

00139

MANTIEL

EX13/01-01/16044

2

00382

MANTIEL

EX13/01-01/16045

3

00244

MANTIEL

EX13/01-01/16046

3

00202

MANTIEL

EX13/01-01/16056

2

00014

MANTIEL

EX13/01-01/16059

2

01759

MANTIEL

EX13/01-01/16062

3

00194

MANTIEL

EX13/01-01/16063

3

00285

MANTIEL

EX13/01-01/16064

2

00054

MANTIEL

EX13/01-01/16095

2

00008

MANTIEL

EX13/01-01/16096

3

00222

MANTIEL

EX13/01-01/16097

3

00199

MANTIEL

EX13/01-01/16099

2

00113

MANTIEL

EX13/01-01/16105

2

00111

MANTIEL

EX13/01-01/16106

2

00149

MANTIEL

EX13/01-01/16107

2

00150

MANTIEL

EX13/01-01/16108

3

00264

MANTIEL

EX13/01-01/16109

3

00265

MANTIEL

EX13/01-01/16110

3

00266

MANTIEL

EX13/01-01/16111

3

00270

MANTIEL

EX13/01-01/16112

3

00711

MANTIEL

EX13/01-01/16113

3

00712

MANTIEL

EX13/01-01/16114

3

00721

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En Madrid, a 1 de octubre de 2024. La Secretaria General. Montserrat Ana Fernández San Miguel.

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