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Miércoles, 18 Septiembre 2024 08:09

APROBACION DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS

2900

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AYUNTAMIENTO DE PASTRANA


2900

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de alta y suplementos de crédito, financiado con cargo a nuevos o mayores ingresos, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos actuales

Suplemento de crédito

Créditos

finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

120

920

Retribuciones básicas

88.000

17.200

105.200

121

920

Retribuciones complementarias

92.000

6.000

98.000

131

920

Laboral Temporal

14.000

8.100

22.100

160

920

Cuotas Sociales

142.000

1.200

143.200

22100

165

Energía eléctrica

78.041

31.000

109.041

22199

920

Otros suministros

157.824

42.200

200.024

222

920

Comunicaciones

10.000

7.000

17.000

22609

338

Actividades culturales y deportivas

90.000

82.000

172.000

227

920

Trabajos realizados por otras empresas y profesionales

40.531

208.910,85

249.441,85

231

920

Locomoción

375

200

575

310

011

Intereses

9.000

2.000

11.000

619

1531

Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes

739.321,59

1.652.800,00

2.392.121,50

420

4420

A la Administración General del Estado

0

16.000

16.000

 

 

TOTAL

 

2.074.610,80 €

 

Esta modificación se financia con cargo a nuevos y mayores ingresos, en los siguientes términos:

Alta/Suplementos en concepto de Ingresos

Aplicación

Descripción

Previsión inicial

Mayor ingreso

Previsión final

Económica

 

 

 

 

Cap.

Art.

Conc.

 

 

 

 

2

29

290

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

10.000,00

358.744,96

368.744,96

3

32

321

Licencias urbanísticas

5.000,00

163.065,89

168.065,89

 

 

 

 

 

 

 

4

42

420

De la Adm Gral Estado

443.943,85

25.000,00

468.943,85

4

42

420.90

Otras transferencias de la Adm Gral del Estado (dinamización Patrimonio Histórico)

0

1.492.800,00

1.492.800,00

5

54

542

Arrendamiento de fincas rústicas

7.625,00

35.000,00

42.625,00

 

 

 

TOTAL INGRESOS

 

2.074.610,80

 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla- La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Pastrana a 12 de septiembre de 2024, el Alcalde, Carlos Largo Alcon

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