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Lunes, 09 Septiembre 2024 08:09

BASES Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES REGISTRADAS EN EL AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES.

2815

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AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES


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(BDNS: 783927)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Por resolución de alcaldía de 3 de septiembre de 2024 se han aprobado la convocatoria y bases específicas de la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:

PRIMERO. OBJETO

Es objeto de la convocatoria la concesión de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, para fomentar la participación de asociaciones culturales y de otros ámbitos que representen a una Comunidad Autónoma , y que estén registradas en el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.

SEGUNDO.BENEFICIARIOS

Todas las asociaciones culturales y de otros ámbitos, que estén legalmente constituidas y registradas, en el registro oficial correspondiente, como en el registro de asociaciones local, que representen a una Comunidad Autónoma distinta a la de su domicilio fiscal y que tengan fijado su domicilio en el municipio de Azuqueca de Henares.

TERCERO. IMPORTE Y PARTIDA PRESUPUESTARIA

La partida presupuestaria corresponde a la 9240.48905 y el importe total de la subvención será de 24.000 €.

CUARTO.REQUISITOS:

Podrán concurrir a esta convocatoria las asociaciones culturales y de otros ámbitos, que reúnan los siguientes requisitos en la fecha de solicitud:

  • Estar registrada en el registro oficial de asociaciones locales
  • Tener fijado el domicilio en Azuqueca de Henares
  • Contar con número mínimo de 40 socios/socias
  • Haber participado los 2 últimos años con actividades abiertas a la ciudadanía , en el programa de las fiestas locales
  • No encontrarse incluida en alguna de las causas que inhabilitan para la obtención de la condición de beneficiario de las enumeradas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no estar incursos en supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social.

QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente de su publicación en el BOP. Las solicitudes se presentarán según modelo de solicitud (Anexo I), acompañada del resto de documentación a través de la página web del Ayuntamiento o en el Servicio de Atención a la Ciudadanía (Plaza de la Constitución, Nº1) en horario de 8,30h a 14,30 h, de lunes a viernes.

Las bases completas incluyendo como anexo la correspondiente solicitud se encuentran a disposición de los solicitantes en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento, a través del siguiente enlace:
https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/945b0302-56b5-4293-ac4e-adfe87292048/

En Azuqueca de Henares a 5 de septiembre de 2024. Fdo.: el Alcalde, D. Miguel Óscar Aparicio de Lucas.

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  • Municipios: Azuqueca de Henares
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