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Martes, 02 Julio 2024 08:07

ACUERDO DE 25 DE JUNIO DE 2024 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA POR LA QUE SE APRUEBA LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO


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De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con la base decimocuarta de la Convocatoria de Subvenciones a Ayuntamientos de la provincia para la elaboración de los planes de igualdad internos, año 2024, se procede a publicar el Acuerdo de resolución de la referida convocatoria, según acuerdo en sesión ordinaria de 25 de junio de 2024 de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara:

“22.- Expediente 2162/2024. RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD INTERNOS, 2024.

El Sr. presidente da cuenta de que visto el Acta del Órgano Colegiado del presente procedimiento de concesión de subvenciones, emitido en fecha 18 de junio de 2024 tal y como consta en el Acta de la reunión correspondiente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.4 de la Ordenanza General de subvenciones, aprobada inicialmente en el Pleno de fecha 16 de julio de 2021 y publicada, de forma definitiva, en el BOP nº 172 de fecha 7 de septiembre 2021.

La Junta de Gobierno por cinco votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención, acuerda:

PRIMERO.- Proponer la concesión de la subvención solicitada a los siguientes ayuntamientos para financiar la realización de las actividades recogidas en la tabla adjunta. Estas cuantías quedan supeditadas a la justificación del gasto establecido, en los términos referidos en la base decimosexta de la convocatoria:

Municipio

Nº Expte

Actividad subvencionada

Coste total previsto

Subvención solicitada

Ayuntamiento Maranchón

3433/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.500,00 €

1.350,00 €

Ayuntamiento Chequilla

3441/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.666,00 €

1.499,40 €

Ayuntamiento Checa

3443/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.666,00 €

1.499,40 €

Ayuntamiento La Yunta

3532/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.500,00 €

1.350,00 €

Ayuntamiento Campillo de Dueñas

3533/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.500,00 €

1.350,00 €

Ayuntamiento Marchamalo

3534/2024

Elaboración Plan Igualdad

2.178,00

1.500,00 €

Ayuntamiento Castilnuevo

3537/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.500,00 €

1.350,00 €

Ayuntamiento Tordesilos

3694/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.052,51 €

947,26 €

Ayuntamiento El Casar

3699/2024

Elaboración/ actualización Plan de Igualdad por caducidad del anterior o cambio de legislatura

8.000,00 €

1.500,00 €

Ayuntamiento Alustante

3719/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.052,70 €

947,43 €

Ayuntamiento Ablanque

3748/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.052,70 €

947,43 €

Ayuntamiento Tortuera

3749/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.500,00 €

1.350,00 €

Ayuntamiento Embid

3750/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.500,00 €

1.350,00 €

Ayuntamiento Cobeta

3752/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.052,70 €

947,43 €

Ayuntamiento Luzón

3754/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.052,70 €

947,43 €

Ayuntamiento Poveda de la Sierra

3793/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.052,70 €

947,43 €

Ayuntamiento Orea

3807/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.650,00 €

1.485,00 €

Ayuntamiento Casas de San Galindo

3834/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

907,50 €

816,75 €

Ayuntamiento Ciruelos del Pinar

3869/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

847,00 €

762,30 €

Ayuntamiento Anguita

3871/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

931,70 €

838,53 €

Ayuntamiento Fuentelsaz

3877/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

944,00 €

849,60 €

Ayuntamiento Iniéstola

3878/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

847,00 €

762,30 €

Ayuntamiento Milmarcos

3879/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

870,00 €

783,00 €

Ayuntamiento Tamajón

3910/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.512,50 €

1.361,25 €

Ayuntamiento Villanueva de Argecilla

3913/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

907,50 €

816,75 €

Ayuntamiento Membrillera

3915/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

968,00 €

871,20 €

Ayuntamiento Miralrío

3918/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

907,50 €

816,75 €

Ayuntamiento Trijueque

4029/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.700,00 €

1.500,00 €

Ayuntamiento Millana

4088/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.694,00 €

1.500,00 €

Ayuntamiento Yunquera de Henares

4090/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.666,00 €

1.499,40 €

Ayuntamiento Villel de Mesa

4092/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.700,00 €

1.500,00 €

Ayuntamiento Salmerón

4122/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.694,00 €

1.500,00 €

Ayuntamiento Escamilla

4134/2024

Elaboración de Diagnóstico y Plan de igualdad

1.694,00 €

1.500,00 €

 

 

 

50.266,71 €

38.946,04 €

Segundo. Dar traslado del acuerdo provisional a los beneficiarios mediante su publicación en el B.O.P. de Guadalajara, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para que puedan presentar las alegaciones o documentos que consideren convenientes, conforme a lo dispuesto en el apartado 2 de la base undécima del procedimiento de concesión de subvenciones. Transcurrido el mismo, si no ha existido respuesta a lo aprobado, o las alegaciones presentadas no se consideran suficientes, se procederá a dictar resolución definitiva.

Tercero. – De conformidad con lo establecido en el apartado duodécimo de la convocatoria de referencia, así como en la B.E.P. nº 43.3, delegar la competencia de aprobar la resolución definitiva de este procedimiento en la Presidencia de la Diputación provincial siempre que, en el período concedido, no se produzca ninguna alegación o no se estimen las mismas.”

Lo que se publica a los efectos oportunos y significándole que contra el presente acuerdo no cabe la interposición de ningún recurso al tratarse de un acto de trámite y no encontrarse entre los supuestos previstos en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Todo ello sin perjuicio de que la oposición al mismo pueda alegarse por el interesado, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

En Guadalajara, a 28 de junio de 2024, El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez

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