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Viernes, 14 Junio 2024 08:06

ACUERDO DEL PLENO POR EL QUE SE APRUEBA INICIALMENTE EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS DEL PRESUPESTO EN VIGOR EN LA MODALIDAD DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO

1987

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AYUNTAMIENTO DE QUER


1987

Acuerdo del Pleno de fecha 15/05/2.024 del Ayuntamiento de Quer por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado mediante remanente de tesoreria para gastos generales.

TEXTO

Al no haber reclamaciónes se considera aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Crédito Extraordinario en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

459

Infraestructuras

60000

Adquisición de parcela rustica

0

15.000

15.000

153

Vías públicas.

Concepto 619. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general.

Pintura y señalización vial

 

Calle del Parque.

0

25.000

25.000

934

22708

Gestión multas y gestión tributaria

0

60.500

60.500

132

Seguridad y Orden Público

Concepto 216. Equipos para procesos de información. Gastos de reparaciones, mantenimiento y conservación de ordenadores y demás conjuntos electrónicos de comunicaciones y de procesos de datos, de la entidad local.

 

Gestión radares

(arrendamiento, servicio de mantenimiento de los equipos suministrados )

 

0

60.500

60.500

342 instalaciones deportivas

Concepto 641. Gastos en aplicaciones informáticas.

Domótica (piscina e instalaciones deportivas )

0

16.000

16.000

170

parques y jardines (medio ambiente)

Concepto 641. Gastos en aplicaciones informáticas.

Domótica (parque )

0

4.000

4.000

453. Carreteras.

Concepto 609. Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso genera

Carril peatonal subida a Alovera

0

121.000

121.000

323. Funcionamiento de centros docentes de enseñanza infantil y primaria y educación especia

Concepto 619. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general.

Arreglos guardería

0

48.400

48.400

459. Otras infraestructuras.

Concepto 609. Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso genera

Inversión cubierta del lavadero

0

48.400

48.400

161

Abastecimiento domiciliario de agua potable.

Concepto 619. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general.

Inversion depósito de agua Calle La Dehesa

0

18.150

18.150

 

933. Gestión del patrimonio.

Concepto 609. Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso genera

Inversiones CIES

0

48.400

48.400

 

161. Abastecimiento domiciliario de agua potable.

Concepto 609. Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso genera

Inversiones depuradora

0

48.400

48.400

1621.

Recogida de residuos

61900

Obra soterrados de contenedores

(Factura PREZERO S.L.)

0

4.752,00

4.752,00

 

 

 

 

 

518.502 euros.

Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería para gastos generales.

Aplicación: económica

Descripción

 

Importe

Cap.

Art.

Conc.

8

7

0

Subconcepto 870.00. Para gastos generales

 

518.502 euros

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

 

518.502 euros.

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Quer en la fecha 11 DE junio de 2024, El Alcalde-Presidente. Fdo.: José Miguel Benítez Moreno

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