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Viernes, 14 Junio 2024 08:06

APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACION PRESUPUESTARIA 1-2024 DEL PRESUPUESTO EN VIGOR

1980

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AYUNTAMIENTO DE ALMONACID DE ZORITA


1980

El Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Extraordinaria 3/2024 celebrada el día 14/05/2024, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 1/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior.

Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Modificaciones de Crédito 1/2024

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

151

 

227.06

 

Estudios y trabajos técnicos

 

12.000,00

 

28.000

40.000

342

619

Inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general

 

811.462,22

 

68.000

879.462,22

920

226.99

Servicios de carácter general.

Administración general. Otros gastos diversos

 

25.000

12.000

37.000

920

609

Inversiones de reposición asociadas al funcionamiento operativo de los servicios. Edificios y otras construcciones

 

 

 

500.000,00

 

 

31.314,45

 

531.314,45

 

 

TOTAL

1.348.462,22

139.314,45

1.487.776,67

2.º FINANCIACIÓN

Alta/Suplemento en Concepto de Ingresos

Aplicación económica

Descripción

Euros

Capítulo

Artículo

Concepto

 

 

 

 

 

 

890

REMANENTE DE TESORERÍA

TOTAL INGRESOS

139.314,45

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Almonacid de Zorita a 12 de junio de 2024. El Sr. Alcalde Presidente D. José Miguel López Aguirre.

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