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Miércoles, 22 Mayo 2024 08:05

EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DE INDEMNIZACIONES EN CONCEPTO DE INTERESES DE DEMORA.

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


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El día 8 de mayo de 2024, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, firma la propuesta de autorización, compromiso, reconocimiento de la obligación y pago, para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguientes fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA MOTIVADO POR LAS OBRAS DEL “PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA). FASE IV”. Clave: 03.399.001/2111:

TÉRMINO MUNICIPAL

FINCA

POL

PAR

TRILLO

EX08/04-04/38066

1

00164

TRILLO

EX08/04-04/38067

1

00131

TRILLO

EX08/04-04/38079

2

00532

TRILLO

EX08/04-04/38091

1

00062

TRILLO

EX08/04-04/38099

2

01537

TRILLO

EX08/04-04/38100

1

01168

TRILLO

EX08/04-04/38101

2

00578

TRILLO

EX08/04-04/38102

1

00175

TRILLO

EX08/04-04/38103

1

00087

TRILLO

EX08/04-04/38107

1

00092

TRILLO

EX08/04-04/38121

1

00091

TRILLO

EX08/04-04/38122

1

00135

TRILLO

EX08/04-04/38127

1

00183

TRILLO

EX08/04-04/38128

1

00167

TRILLO

EX08/04-04/38129

1

01127

TRILLO

EX08/04-04/38145

2

00534

TRILLO

EX08/04-04/38146

2

00551

TRILLO

EX08/04-04/38147

2

00569

TRILLO

EX08/04-04/38148

1

00168

TRILLO

EX08/04-04/38150

2

00315

TRILLO

EX08/04-04/38151

1

01153

TRILLO

EX08/04-04/38152

1

00089

TRILLO

EX08/04-04/38153

2

00378

TRILLO

EX08/04-04/38154

1

00070

TRILLO

EX08/04-04/38159

1

00044

TRILLO

EX08/04-04/38160

1

00197

TRILLO

EX08/04-04/38166

1

00104

TRILLO

EX08/04-04/38168

1

00088

TRILLO

EX08/04-04/38169

2

00420

TRILLO

EX08/04-04/38170

1

00105

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En Madrid, a 17 de mayo de 2024. La Secretaria General. Montserrat Ana Fernández San Miguel.

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