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Miércoles, 06 Marzo 2024 08:03

APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DE LOCALES MUNICIPALES

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AYUNTAMIENTO DE EL CUBILLO DE UCEDA


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Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de El Cubillo de Uceda sobre modificación de Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación de locales de titularidad municipal, cuyo texto modificado se hace público, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

Artículo 4. CUOTA TRIBUTARIA

La cuantía de la tasa regulada en esta ordenanza será la siguiente:

Precio por día de utilización del espacio (particulares y asociaciones locales sin animo de lucro, para eventos no lucrativos) 30 euros.

Precio por utilización del espacio por semana completa (particulares y asociaciones locales sin animo de lucro para eventos no lucrativos) 70 euros.

Precio por día de utilización del espacio por la ocupación de estos locales (celebración de evento comercial fotográfico, publicitario, rodaje cinematográfico o análogo) 300, 00 euros.

Contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En El Cubillo de Uceda a 4 de marzo de 2024, Jose Maria Serrano Nuñez, Alcalde presidente.

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  • Municipios: Cubillo de Uceda (El)
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