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Miércoles, 14 Febrero 2024 08:02

PUBLICACION DEFINITIVA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCION DOMICILIARIA DE AGUA Y DE LA TASA POR DICHO SERVICIO. MODIFICACION TARIFA

486

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AYUNTAMIENTO DE SACEDÓN


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Se hace público a los efectos del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el texto íntegro de la MODIFICACION DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCION DOMICILIARIA DE AGUA Y DE LA TASA POR DICHO SERVICIO. MODIFICACION TARIFA, que fue adoptado por el Pleno de la Corporación en fecha 21 de diciembre de 2023, acuerdo que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo.

ARTÍCULO 6.- BASES Y TARIFAS (CUOTA TRIBUTARIA)

Las bases de percepción y tipo de gravamen quedan determinadas en la siguiente tarifa:

VIVIENDAS PARTICULARES EN NUCLEO SACEDON Y ALEDAÑOS

CANON SEMESTRAL

3.17

 

HASTA

CUOTA FIJA AL SEMESTRE

PRECIO/UD

 

TRAMO 1

20 M3

19,06

0

 

TRAMO 2

100 M3

25,35

0,3305566

 

TRAMO 3

200 M3

31,53

0,4110919

 

TRAMO 4

RESTO

48,95

0,6382749

 

VIVIENDAS CON PISCINAS/JARDINES, INDUSTRIAS Y OTROS LOCALES O ESTABLEMIENTOS EN SACEDON Y ALEDAÑOS

CANON SEMESTRAL

3,17

 

HASTA

CUOTA FIJA AL SEMESTRE

PRECIO/UD

 

TRAMO 1

20 M3

28,57

0

 

TRAMO 2

100 M3

39,71

0,3966677

 

TRAMO 3

200 M3

51,45

0,5138652

 

TRAMO 4

RESTO

67,45

0,6737339

 

VIVIENDAS PARTICULARES EN CORCOLES

CANON SEMESTRAL

3,17

 

HASTA

CUOTA FIJA AL SEMESTRE

PRECIO/UD

 

TRAMO 1

40 M3

25,40

0

 

TRAMO 2

200 M3

31,24

0,2313894

 

TRAMO 3

400 M3

37,00

0,2740617

 

TRAMO 4

RESTO

57,45

0,4255162

 

VIVIENDAS CON PISCINAS/JARDINES, INDUSTRIAS Y OTROS LOCALES O ESTABLEMIENTOS EN CORCOLES

CANON SEMESTRAL

3,17

 

HASTA

CUOTA FIJA AL SEMESTRE

PRECIO/UD

 

TRAMO 1

40 M3

38.07

0

 

TRAMO 2

200 M3

46,83

0,2313894

 

TRAMO 3

400 M3

69,33

0,3425768

 

TRAMO 4

RESTO

86,11

0,4255162

 

Estas cuotas serán actualizadas anualmente en el porcentaje del IPC a 31 de diciembre anterior.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza, una vez aprobada definitivamente, entrará en vigor al día siguiente de su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, en los términos del artículo 18 del Texto Refundido y en la forma que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

En Sacedón, 12 de febrero de 2024 EL ALCALDE PRESIDENTE Fdo.: FRANCISCO PÉREZ TORRECILLA

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  • Municipios: Sacedón
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