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Jueves, 08 Febrero 2024 08:02

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACION DE CREDITOS 3/2023

436

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AYUNTAMIENTO DE LUPIANA


436

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha de 21 de diciembre de 2023, sobre el expediente de modificación de créditos 3/2023 del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, como se sigue a continuación

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

CUANTÍA

920.226

Gastos varios pendientes aplicación presupuestaria ant. 2021

7969,75€

1532.619

Otras inv. de repos de infraest. y bienes uso gral. Año 2021

335,48€

920.221

Suministros. Año 2021

1541,83€

1532.221

Pavimentación Vías públicas. Suministros. Año 2021

2117,50€

920.250

Trabajos realiz. por ad. Públicas y otras ent. Públic. Año 2021

4413,70€

920.250

Trabajos realiz. por ad. Públicas y otras ent. Públic. Año 2022

4644€

338.227

Fiestas populares. Trabajos realizados por otras empr. y profesionales Año 2022

2435,29€

920.224

Adm General. Primas de Seguro. Año 2022

2149,36€

920.250

Trabajos realiz. por ad. Públicas y otras ent. Públic. Año 2022

3362,17€

EN AUMENTO

TOTAL 28.969,08€

2.º FINANCIACIÓN

Esta modificación se financia con cargo al remanente de Tesorería, en los siguientes términos:

FINANCIACIÓN

 

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN                CUANTÍA

870

Remanente de tesorería     28.969,08€

TOTAL EN DISMINUCIÓN                                               28.969,08€

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, conforme al artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Lupiana a 5 de febrero de 2024. La alcaldesa-presidente Blanca del Rio Baños.

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