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Martes, 09 Enero 2024 08:01

APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO SC/2/2023

79

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AYUNTAMIENTO DE MALAGUILLA


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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito SC/02/2023, en modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de tesorería del ejercicio 2022, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

 

Aplicación

 

Descripción

Créditos

Iniciales

Suplemento de

Crédito

Créditos

finales

Prog.

Económica

 

 

 

 

 

150

 

131

Acceso a núcleos

pob/Personal

laboral temporal

 

14.500

 

3.000

 

17.500

 

231

 

131

Asistencia social

Primaria. Laboral

temporal

 

36.000

 

5.000

 

41.000

 

920

 

 

131

Administración

General. Laboral

Temporal

 

7.600

 

5.000

 

12.600

 

920

 

160

Administración

General. Seguridad

Social

 

8.500

 

2.000

 

10.500

 

231

 

22799

Plan

Corresponsables

 

11.000

 

2.000

 

13.000

 

338

 

22699

Actividades

Culturales y

Deportivas

 

15.000

 

15.000

 

30.000

161

463

Agua. A

Mancomunicades

 

24.000

 

6.000

 

30.000

 

 

TOTAL

116.600

38.000

154.000

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos: 

Suplementos en concepto  de Ingresos 

Aplicación: económica

 

Descripción

 

Euros

Cap.

Art.

Conc.

8

87

870

Remanente de tesoreria

38.000

 

 

 

TOTAL INGRESOS

38.000

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Malaguilla, a 30 de diciembre de 2023. Fdo. El Alcalde-Presidente: Ángel Aparicio Plaza

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