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Miércoles, 26 Agosto 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3062

BAJA PADRÓN HABITANTES COMUNITARIOS

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Ayuntamiento de Jadraque

 

3062

De conformidad con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre), se hace pública notificación de la resolución, no siendo posible la notificación de la resolución, no siendo posible la notificación en el último domicilio conocido, por la cual se inicia expediente de baja en el padrón de habitantes por inscripción indebida. El Decreto de Alcaldía 136/2015, de fecha 18 de agosto de 2015, se transcribe literalmente:

D. Alberto Domínguez Luis, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jadraque.

BAJA PADRÓN HABITANTES COMUNITARIOS

En virtud del ar­tícu­lo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio por inscripción indebida a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el ar­tícu­lo 54 del citado Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia a los interesados.

Por todo ello, la Alcaldía-Presidencia, en uso de sus atribuciones legales, RESUELVE:

PRIMERO: Iniciar expediente para proceder a dar de baja por inscripción indebida a:

Nombre y apellidos

Periodo de caducidad

Documento

Mihai, Mariana

08/01/2014

X08611008S

Loor, María Margarita

26/03/2014

Y00241018S

Bota, Ileana Adriana

23/02/2014

-----------

Fanaca, Mihaela

03/07/2014

Y0612737P

Tahiri, Abdelmonaim

16/02/2014

X03013952D

Moldoveanu, Florentina Mimi

05/10/2014

X07978001Z

Skilov, Preslav Iliev

22/09/2014

Y00206637L

Menor cuyo tutor es Simon, Ioan Adrian

03/01/2014

X8467475W

Menor cuyo tutor es Plesculesei, Constantín Cristian

09/04/2014

X8657357L

Menor cuyo tutor es Coman, Ioan

10/12/2014

X07349247B

SEGUNDO: Notificar lo actuado a los interesados para que, en el plazo de 10 días, aporten cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes.

Una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y presentar documentos, se dictará la oportuna resolución.

En cumplimiento de lo establecido en el ar­tícu­lo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le comunica que el plazo máximo normativamente establecido para la resolución y notificación del procedimiento es de 3 meses, sin perjuicio de los supuestos legales de suspensión o ampliación de dicho plazo, o de caducidad, que se comunicará previamente.

En el caso de que no se produzca la resolución y notificación del procedimiento en el plazo antes señalado, se entenderá desestimada la solicitud.

Así lo manda el Sr. Alcalde, de lo que como Secretario doy fe, en Jadraque a 18 de agosto de 2015.

En Jadraque a 18 de agosto de 2015.– El Alcalde, Alberto Domínguez Luis.

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