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Miércoles, 26 Agosto 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3043

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Alcocer sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

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Ayuntamiento de Alcocer

 

3043

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Alcocer sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

«En virtud de la Providencia de Alcaldía de fecha 18/06/2015 el estudio técnico-económico, el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos y el informe de Secretaría, conforme al artículo 54 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y según la propuesta de Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, el Pleno del Ayuntamiento de Alcocer previa deliberación, y por mayoría del número legal de miembros de la Corporación,

ACUERDA

PRIMERO. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos con la redacción que a continuación se recoge:

La tasa a que se refiere esta Ordenanza se regirá por las siguientes tarifas: Artículo 7. Tarifa.

CONCEPTO

IMPORTE/UNIDAD

EXPEDICIÓN DE FOTOCOPIAS

0,20

   

CONCEPTO

IMPORTE/UNIDAD

EXPEDICIÓN DE FOTOCOPIAS

0,20

CERTIFICADOS EMPADRONAMIENTO

1,00

CERTIFICADOS TÉCNICO MUNICIPAL

10,00

LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN

1% DEL PROYECTO EJECUCIÓN

LICENCIA DE SEGREGACIÓN

1% DEL VALOR CATASTRAL DEL SUELO

CERTIFICADOS DE SECRETARÍA

10,00

»

 

Contra el presente acuerdo, conforme al ar­tícu­lo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

En Alcocer a 18 de agosto de 2015.– El Alcalde, Agustín Cámara Cervigón.

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  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Alcocer
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