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Viernes, 29 Diciembre 2023 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 2-2023

4482

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AYUNTAMIENTO DE ABÁNADES


4482

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplementos y créditos extraordinarios en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

 130

623

Administración general de la seguridad y protección civil. Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje 

10.000,00 €

400,00 €

10.400,00 €

1621

623

Recogida de residuos. Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje   

0,00 €

2.891,90 €

2.891,90 €

338

22105

Fiestas populares y festejos. Productos alimenticios

1.250,00 €

2.500,00 €

3.750,00 €

338

22609

Fiestas populares y festejos. Actividades culturales y deportivas

3.500,00 €

372,00 €

3872,00 €

333

632

Equipamientos culturales y museos. Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje

1.016,82 €

2.172,31 €

3.189,13 €

920

212

Administración general. Edificios y otras construcciones

500 €

3.500,00 €

4.000,00 €

934

359

Gestión de la deuda y la tesorería. Otros gastos financieros

275,00 €

125,00 €

400,00 €

 

 

TOTAL

16.541,82 € 

11.961,21 €

28.503,03 €

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos: 

Suplementos en Conceptos de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

 8

870 

87000 

Remanente de tesorería. Para gastos generales 

11.961,21 €

 

 

 

TOTAL INGRESOS

11.961,21 €

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Abánades, a 28 de diciembre de 2023. El Sr. Alcalde-Presidente, D. Jesús Ángel Layna Medina

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