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Jueves, 28 Diciembre 2023 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 2/2023

4469

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AYUNTAMIENTO DE ZARZUELA DE JADRAQUE


4469

Acuerdo del Pleno de fecha 30/11/2023 de la entidad de Zarzuela de Jadraque por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 2/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Suplemento de crédito, con cargo a Remanente líquido de tesorería.

TEXTO

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de Suplemento de crédito, financiado con cargo a Remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

920

231

Locomoción

8.000,00 €

1.000,00 €

9.000,00 €

163

143

Otro personal limpieza

7.000,00 €

4.000,00 €

11.000,00 €

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

15.000,00 €

5.000,00 €

20.000,00 €

Esta modificación se financia con cargo a Remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:

Suplemento en Concepto de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

8

87 

870 

Remanente de Tesorería 

5.000,00 €

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

5.000,00 €

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Zarzuela de Jadraque,a 26 de diciembre de 2023, Fdo. Alcalde, Miguel Ángel Moreno Casas

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