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Jueves, 28 Diciembre 2023 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 5/2023

4462

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AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRÉS DEL CONGOSTO


4462

Acuerdo del Pleno de fecha 30/11/2023 de la entidad de San Andrés del Congosto por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 5/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Suplemento de crédito, con cargo a Remanente líquido de tesorería.

TEXTO

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de Suplemento de crédito, financiado con cargo a Remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

920 

12000 

Sueldos del grupo A1 

4.500,00 €

1.700,00 €

6.200,00 €

 1532

619 

Arreglo Camino Cogolludo

14.000,00 €

530,89 €

14.530,89 €

160

22799

Trabajos limpieza con camión

4.450,00 €

2.057,00 €

6.507,00 €

 

 

TOTAL

22.950,00 €

4.287,89 €

27.237,89 €

Esta modificación se financia con cargo a Remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:

Suplemento en Concepto de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

 8

87 

870 

Remanente de tesorería 

4.287,89 €

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

4.287,89 €

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En San Andrés del Congosto a 26 de diciembre de 2023. Fdo, Alcaldesa, Consuelo Gil Esteban

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