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Lunes, 04 Diciembre 2023 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 1/2023

4104

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AYUNTAMIENTO DE ZARZUELA DE JADRAQUE


4104

Acuerdo del Pleno de fecha 23/10/2023 de la entidad de Zarzuela de Jadraque por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 1/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Suplemento de crédito, con cargo a Remanente líquido de tesorería.

TEXTO

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de Suplemento de crédito, financiado con cargo a Remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

 1532

619.01 

Acondicionamiento infraestructura viaria

3.000,00 €

 48.218,50 €

51.218,50 €

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

3.000,00 €

 48.218,50 €

 51.218,50 €

Esta modificación se financia con cargo a Remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:

Suplemento en Concepto de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

8

87 

870 

Remanente de Tesorería

48.218,50 €

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

48.218,50 €

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Zarzuela de Jadraque, a 30 de noviembre de 2023. Fdo, alcalde, D. Miguel Ángel Moreno Casas

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