AYUNTAMIENTO DE ZARZUELA DE JADRAQUE
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Acuerdo del Pleno de fecha 23/10/2023 de la entidad de Zarzuela de Jadraque por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 1/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Suplemento de crédito, con cargo a Remanente líquido de tesorería.
TEXTO
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de Suplemento de crédito, financiado con cargo a Remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos
| Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Suplemento de crédito | Créditos | |
| Progr. | Económica | 
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| 1532 | 619.01 | Acondicionamiento infraestructura viaria | 3.000,00 € | 48.218,50 € | 51.218,50 € | 
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 | TOTAL | 3.000,00 € | 48.218,50 € | 51.218,50 € | 
Esta modificación se financia con cargo a Remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:
Suplemento en Concepto de Ingresos
| Aplicación: económica | Descripción | Euros | ||
| Cap. | Art. | Conc. | ||
| 8 | 87 | 870 | Remanente de Tesorería | 48.218,50 € | 
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 | TOTAL INGRESOS | 48.218,50 € | 
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Zarzuela de Jadraque, a 30 de noviembre de 2023. Fdo, alcalde, D. Miguel Ángel Moreno Casas
