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Viernes, 25 Septiembre 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3311

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 26/08/2015 sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2015, en la modalidad de transferencias de crédito entre partidas de diferente área de gasto, de acuerdo al siguiente detalle:

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Ayuntamiento de Loranca de Tajuña

 

3311

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 26/08/2015 sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2015, en la modalidad de transferencias de crédito entre partidas de diferente área de gasto, de acuerdo al siguiente detalle:

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación presupuestaria

Descripción

Euros

Por programas

Económica

   
 

Cap. art. concepto

   

150

619

Otras inversiones de reposición de infraestructuras

2.500,00 €

150

214

Elementos de Transporte

5.488,92 €

150

143

Otro personal

1.000,00 €

920

226.04

Jurídicos Contenciosos

28.000,00 €

920

480

A familias sin fin de lucro

5.000,00 €

   

TOTAL GASTOS

41.988,92 €

       

Bajas en aplicaciones de gastos

Aplicación presupuestaria

Descripción

Euros

Por programas

Económica

   

912

100

Retribuciones Básicas y otras remuneraciones de los miembros de gobierno

17.988,92 €

920

131

Laboral temporal

16.000,00 €

920

160

Cuotas Sociales

8.000,00 €

   

TOTAL GASTOS

41.988,92 €

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Loranca de Tajuña a 21 de septiembre de 2015.– El Alcalde, Enrique Calvo Montero.

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