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Miércoles, 13 Septiembre 2023 08:09

ACUERDO DEL PLENO POR EL QUE SE APRUEBA INICIALMENTE EL EXPEDIENTE DE MOFIFICACIÓN DE CRÉDITOS 3/2023

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ACUERDO DEL PLENO POR EL QUE SE APRUEBA INICIALMENTE EL EXPEDIENTE DE MOFIFICACIÓN DE CRÉDITOS 3/2023
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AYUNTAMIENTO DE QUER


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El Pleno de esta entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 07 de septiembre de 2023, acordó la aprobación inicial del expediente de suplemento de créditos, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior en el marco del expediente nº1216/2023 del Presupuesto en vigor. 

Aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos:  suplemento de créditos, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, por Acuerdo del Pleno de fecha 07 de septiembre de 2023, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia. El contenido aprobado sigue el detalle indicado a continuación:

“PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º3/2023 en el marco del expediente nº1216/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a continuación:

Programa

Económica

Descripción

 Importe a suplementar

161

213

MANTENIMIENTO INSTALACIONES

                               6.000,00 €

326

22799

EDUCACION INFANTIL Y OTROS

                               8.000,00 €

337

22609

ACTIVIDADES INFANCIA Y JUVENTUD

                            18.000,00 €

338

22609

FESTEJOS POPULARES

                            45.000,00 €

342

22000

SUMINISTROS INSTALACIONES DEPORTIVAS

                               3.000,00 €

342

22701

SEGURIDAD INSTALACIONES DEPORTIVAS

                               3.000,00 €

433

22706

ESTUDIOS E INFORMES INGENIERO

                               2.000,00 €

920

131

RETRIBUCIONES PERSONAL LABORAL

                            40.000,00 €

920

216

MANTENIMIENTO SISTEMA INFORMATICO

                            12.000,00 €

920

22701

SEGURIDAD INSTALACIONES

                            17.500,00 €

323

629

MEJORAS E INVERSION CENTROS EDUCATIVOS

                            45.000,00 €

920

62202

REFORMA PRIMERA PLANTA EDIFICIO LOS NOGALES

                            47.800,00 €

920

623

INVERSION NUEVAS TECNOLOGIAS

                               3.000,00 €

920

22706

ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS

                             39.700,00 €

 

 

TOTAL

                          290.000,00 €

Sin perjuicio del resto de modificaciones presupuestarias realizadas tras la aprobación inicial del presupuesto.

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Aplicación: económica

Descripción

Euros

 870.00

 

 

 Remanente tesorería gastos generales

290.000,00 €

 

 

 

TOTAL

290.000,00 €

         

Además, el Pleno declara que queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica. 

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Asimismo, se expondrá adicionalmente en la sede electrónica municipal y tablón de anuncios de la Corporación.”

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad [http://quer.sedelectronica.es].

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Quer (Guadalajara) a 7 de septiembre de 2023, el Alcalde, D. José Miguel Benítez Moreno.

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