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Martes, 12 Septiembre 2023 08:09

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 2023

3077

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 2023
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AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LAS FRAGUAS


3077

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado  con cargo a mayores ingresos recaudados, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo: 

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

 933

 609

 

 15983

 3000

 18983

 

 

TOTAL

 15983

 3000

 18983

2. º FINANCIACIÓN

Esta modificación se financia con ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algunos conceptos del Presupuesto corriente, en los siguientes términos:

Suplementos en Conceptos de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Presupuestado

Recaudado

Cap.

Art.

Conc.

 3

 30

309 

Otras Tasas por prestación de servicios basicos 

0

3000 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

0

 3000

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Arroyo de Fraguas a 6 de septiembre de 2023. El Alcalde Roberto Llorente Domingo

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