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Jueves, 10 Agosto 2023 08:08

APROBACION DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS N 128/2023

2836

aproebacion definitiva modificación de créditos n. º 128/2023
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AYUNTAMIENTO DE PASTRANA


2836

Acuerdo del Pleno de fecha 7 de julio de 2023 de la entidad de Pastrana por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 128/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, con cargo al remanente líquido de tesorería.

TEXTO

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Las aplicaciones que deben incrementarse en el Presupuesto municipal para hacer frente a los referidos gastos son las siguientes:

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos

finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

338

22669

Actuaciones culturales y deportivas

55.000

88.900

143.900

165

22100

Energía eléctrica

54.000

55.000

109.000

 

 

TOTAL

 

143.900 €

 

Suplemento en Aplicaciones de Ingresos

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación 2022, en los siguientes términos:

Aplicación: económica

Descripción

EUROS

Cap.

Art.

Conc.

 

 

 

 

 

 

87000

Remanente Tesorería para gastos generales 

143.900 €

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

143.900 €

Contra el presente Acuerdo conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Pastrana a 8 de agosto de 2023, Fdo.- El Alcalde.- Carlos Largo Alcón.

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